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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Miércoles, 6 de abril de 2022 Pág. 22191

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2022, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental y las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción, el proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico) y la solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico de Os Cotos, emplazado en el ayuntamiento de Cerdedo-Cotobade de la provincia de Pontevedra (expediente IN661A 2011/18-4).

Mediante la Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, se sometió a información pública el estudio de impacto ambiental y las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción, proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico) y la solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico de Os Cotos, emplazado en el ayuntamiento de Cerdedo-Cotobade de la provincia de Pontevedra, promovido por Tiraventos, S.L. (expediente IN661A 2011/18-4).

Asimismo, mediante la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la misma jefatura territorial, se sometió a información pública la rectificación de las afecciones indicadas en la relación de bienes y derechos afectados de la solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico de Os Cotos, localizado en el ayuntamiento de Cerdedo-Cotobade, provincia de Pontevedra (expediente IN661A 2011/18-4).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de implantación de iniciativas empresariales en Galicia, el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 21 de octubre de 2021, acordó declarar iniciativa empresarial prioritaria el referido parque eólico y, con base en los artículos 44 de la mencionada Ley 5/2017, de 19 de octubre, y 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el 25 de octubre de 2021 la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales resolvió declarar la tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos correspondientes al parque eólico, lo que supone la reducción a la mitad de los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. Por este motivo, la citada información pública se hizo por el plazo de 15 días.

Vista la Sentencia núm. 18/2022, del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, y aunque la misma no ha adquirido firmeza y está siendo objeto de impugnación y discusión en vía de casación por la Xunta de Galicia, en base al principio de seguridad jurídica y por un criterio de precaución, se somete de nuevo a información pública por un plazo de treinta (30) días el estudio de impacto ambiental y las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción, proyecto sectorial (proyecto de interés autonómico) y la solicitud de declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico de Os Cotos.

En cumplimento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Solicitante: Tiraventos, S.L.

Denominación del proyecto: parque eólico de Os Cotos.

Ayuntamientos afectados: Cerdedo-Cotobade (Pontevedra).

Potencia a instalar: 30 MW.

Número de aerogeneradores a instalar: 6.

Producción neta anual estimada: 120.459 (MWh/año).

Presupuesto total (ejecución material): 20.888.394,55 €.

Coordenadas de la poligonal de delimitación:

Vértices

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

1

539.389,00

4.702.283,00

2

539.418,00

4.702.502,00

3

540.524,90

4.703.133,60

4

541.402,00

4.702.256,50

5

541.204,00

4.702.070,00

6

540.969,00

4.701.709,00

7

541.140,00

4.701.610,00

8

541.349,00

4.701.610,00

9

541.454,00

4.701.771,00

10

541.522,00

4.701.799,00

11

541.944,00

4.701.653,00

12

542.379,50

4.701.239,10

13

542.815,00

4.700.235,00

14

542.257,00

4.699.050,00

15

542.177,00

4.699.050,00

16

540.846,50

4.699.589,50

17

540.654,70

4.699.948,70

18

541.361,00

4.701.296,00

19

541.320,00

4.701.592,00

20

541.189,00

4.701.557,00

21

540.996,00

4.701.613,00

22

540.877,00

4.701.700,00

23

540.898,00

4.701.826,00

24

539.771,00

4.702.054,00

25

539.559,00

4.701.967,00

Coordenadas de los aerogeneradores:

Aerogenerador

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

1

539.619,00

4.702.357,00

2

540.471,00

4.702.830,00

3

540.904,00

4.699.910,00

4

541.785,00

4.700.604,00

5

542.110,00

4.699.294,00

6

542.471,00

4.700.033,00

Coordenadas de la subestación:

Envolvente

X UTM (H29 ETRS89)

Y UTM (H29 ETRS89)

A

542.002,50

4.700.300,70

BB

542.020,30

4.700.333,50

C

542.060,40

4.700.311,70

D

542.042,60

4.700.278,90

Características técnicas recogidas en el proyecto:

– Seis (6) aerogeneradores modelo Vestas V150 de 5.000 kW de potencia nominal unitaria, de 125 m de altura de buje y 150 m de diámetro de rotor.

– Seis (6) centros de transformación de potencia aparente 7.000 kVA y tensión 0,720/30 kV, ubicados en el interior de los aerogeneradores.

– Red de media tensión de 30 kV subterránea, formada por tres (3) circuitos con cables RHZ1 H-16 18/30 kV 1xAL de 150 y 240 mm2 según el tramo, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación. La misma zanja incluirá cableado de tierra de Cu de 50 mm².

– Subestación de transformación 30/66 kV y centro de mando y control.

La subestación estará compuesta de las siguientes posiciones: tres (3) posiciones de línea para los circuitos del parque; una (1) posición de interruptor automático; una (1) posición de transformador de servicios auxiliares; una (1) medida de facturación y protecciones; una (1) posición de línea para la salida al transformador de potencia; un (1) transformador de servicios auxiliares 30/0,4 kV de 50 kV; un (1) transformador de potencia 30/66 kV de 45 MVA y un módulo híbrido tipo PASS (GIS) de 66 kV con salida a línea de evacuación.

Asimismo, para realizar las funciones de control, mando y protección de la instalación se montarán los siguientes cuadros: servicios auxiliares, baterías de corriente continua de 125 Vcc, protecciones eléctricas y sistema de control y SCADA.

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por las demás normas de aplicación relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos: proyecto de ejecución, estudio de impacto ambiental, la relación de bienes y derechos afectados, la cual figura en el anexo que se inserta en esta resolución y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico).

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, para conocimiento general, y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren perjudicadas en sus derechos, puedan presentar sus alegaciones en el plazo de treinta (30) días, a partir del día siguiente al de la última publicación de esta resolución.

De acuerdo con el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se conserva la validez de todas las alegaciones ya presentadas que obran en el expediente.

Atendiendo a las medidas preventivas frente al coronavirus COVID-19, la consulta de la documentación se realizará preferentemente a través del siguiente enlace de la web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación: https://ceei.xunta.gal/transparencia/documentos-sometidos-a-informacion-publica, en el epígrafe de instalaciones de generación. La atención será telefónica en el número 986 80 52 39.

Cuando sea indispensable la atención presencial, se podrá acudir a la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (avenida Mª Victoria Moreno, 43, 5º, 36071 Pontevedra), mediante cita previa en el número de teléfono indicado, así como a las dependencias del ayuntamiento de Cerdedo-Cotobade (plaza del Ayuntamiento, 1, 36130 Cerdedo-Cotobade, Pontevedra).

Pontevedra, 8 de marzo de 2022

Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO I

Relación de bienes y derechos afectados

Ref. catastral

Polígono

Parcela

Propietario

Pleno dominio

Pleno dominio subest.

Serv. de paso (vial y zanja)

Serv. vuelo

Serv. paso (zanja)

Serv. temporal

Uso principal

Cultivo

Paraje

36012A04000859

40

859

Monte vecinal de Carballedo

3.432

Agrario

MT Matorral

Monte Castelo

36012A04100062

41

62

Monte vecinal de Carballedo

6.706

17.674

11.384

Agrario

EU Eucaliptos/MT Matorral

Monte Castelo

36012A04100774

41

774

Monte vecinal de Rebordelo

18.589

Agrario

MT Matorral/EU Eucaliptos

Lg. Lagoas (As)-Rebordelo

36012A04100776

41

776

Monte vecinal de Carballedo

1.317

Agrario

MT Matorral

Porteliña

36012A04100777

41

777

Monte vecinal de Carballedo

5.432

6.990

9.859

Agrario

EU Eucaliptos/MT Matorral

Monte Castelo

36012A04100782

41

782

Monte vecinal de Viascón

2.198

Agrario

MT Matorral

Porteliña

36012A04100786

41

786

Monte vecinal de Carballedo

3

Agrario

MT Matorral

Porteliña

36012A05400090

54

90

Monte vecinal de Rebordelo

2.618

15.181

9.328

1.416

Agrario

MT Matorral/MM Pinar maderable/E-Pastos

Lg. Martices (Os)-Rebordelo

36012A05400771

54

771

Monte vecinal de Loureiro

2.784

1.164

3.046

582

Agrario

MT Matorral/E-Pastos

Cornas

36012A05500239

55

239

Monte vecinal de Borela

7.335

7.304

12.122

Agrario

MT Matorral/EU Eucaliptos

Lg. Pazos-Borela, Siltalto

36012A05500267

55

267

Monte vecinal de Rebordelo

8.221

34.771

12.469

Agrario

EU Eucaliptos/MM Pinar maderable

Pb. Quinteiro Riba-Rebordelo, Coto do Facho

36012A05600446

56

446

Monte vecinal de Borela

2.266

Agrario

MT Matorral

Lg. Graña (A)-Borela, Monte de Pena Gadeira

36012A05601165

56

1165

Monte vecinal de Rebordelo

317

Agrario

MT Matorral

Pena Gadeira

36012A05700030

57

30

Monte vecinal de Borela

1.602

8.985

Agrario

MT Matorral

Freixa

36012A05700249

57

249

Monte vecinal de Rebordelo

6.063

4.441

8.895

2.564

862

Agrario

MT Matorral

Freixa

36012A05700250

57

250

Monte vecinal de Loureiro

511

Agrario

MT Matorral

Freixa

36012A05700251

57

251

Monte vecinal de Augasantas

891

Agrario

EU Eucaliptos

Freixa

36012B51401907

514

1907

Desconocido

392

Agrario

MM Pinar maderable

Cancela

36012B51401908

514

1908

Luis Félix

307

Agrario

MM Pinar maderable

Cancela

36012B51401909

514

1909

José Bernárdez Martínez

715

Agrario

MM Pinar maderable/PD Prados o praderas

Cancela

36012B51401910

514

1910

Dolores Piñón

329

Agrario

MM Pinar maderable/PD Prados o praderas

Lg. Pozo Negro (O)-Rebordelo, Coba

36012B51401911

514

1911

José Vicente García Nogueira

980

Suelo sin edif.

PD Prados o praderas

Lg. Pozo Negro (O)-Rebordelo, Coba

36012B51401919

514

1919

Hrdos. de Aurita Touriño

42

Agrario

PD Prados o praderas

Lg. Quinteiro Baixo-Rebordelo, Cancela

36012B51401962

514

1962

Iglesia católica

60

Agrario

MM Pinar maderable

Pb. Quinteiro Riba-Rebordelo

36012B51401986

514

1986

Delmiro Morgado

76

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401987

514

1987

Desconocido

911

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401988

514

1988

Desconocido

1.413

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401989

514

1989

Desconocido

14

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401990

514

1990

Antonio Ogando

423

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401991

514

1991

Antonio Vidal

159

Agrario

MM Pinar maderable

Fentales

36012B51401992

514

1992

Desconocido

101

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401993

514

1993

Desconocido

86

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401994

514

1994

Francisco Morgade

889

Agrario

MM Pinar maderable

Abeleira

36012B51401995

514

1995

Miguel Morgade

283

Agrario

PD Prados o praderas

Finca Diestro

36012B51401996

514

1996

Desconocido

150

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51401997

514

1997

José Míguel Estévez

349

Agrario

MM Pinar maderable

Finca Diestro

36012B51402000

514

2000

Aurora Rodríguez Pousada

302

Agrario

MM Pinar maderable

Cancela

36012B51402001

514

2001

Consuelo Ogando Vidal

889

Agrario

MM Pinar maderable

Arriba da Pedra

36012B51411918

514

11918

Consuelo Ogando Vidal

130

Agrario

MM Pinar maderable

Carballinos

36012B51421916

514

21916

Desconocido

50

Agrario

MM Pinar maderable

Carballinos

36012B51421918

514

21918

Desconocido

239

Agrario

MM Pinar maderable

Lg. Quinteiro Baixo-Rebordelo, Carballinos

36012B51602140

516

2140

Desconocido

212

Suelo sin edif.

PD Prados o praderas

Pb. Quinteiro Riba-Rebordelo, Salgueiro

36012B51602141

516

2141

María Concepción Vidal

86

Suelo sin edif.

MM Pinar maderable

Lg. Salgueiro (O)-Rebordelo, Salgueiro

36012B51602142

516

2142

Desconocido

1

Suelo sin edif.

MM Pinar maderable

Pb. Quinteiro Riba-Rebordelo, Salgueiro

36012B51605036

516

5036

Monte vecinal de Rebordelo

176

Suelo sin edif.

MM Pinar maderable

Pb Quinteiro Riba-Rebordelo, Quinteiro de Arriba