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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Viernes, 8 de abril de 2022 Pág. 22630

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2022, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el procedimiento para la acreditación de los méritos correspondientes a la fase de concurso del proceso selectivo para el ingreso en la escala de auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, subgrupo C2, en las especialidades de emisorista/vigilante fijo/a, bombero forestal-conductor motobomba y bombero forestal, del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En virtud de la Orden de 28 de noviembre de 2019 (DOG núm. 227, de 28 de noviembre) se convocó el proceso selectivo para el ingreso en la escala de auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, subgrupo C2, en las especialidades de emisorista/vigilante fijo/a, bombero forestal-conductor motobomba y bombero forestal, del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. En dicha orden se establece como sistema selectivo el concurso-oposición.

La base II.2 de la convocatoria dispone que los méritos correspondientes a la fase de concurso deberán referirse a la fecha de publicación de la convocatoria, y deberán acreditarse de conformidad con el procedimiento que establezca la Dirección General de la Función Pública y que será publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

En cumplimiento de la previsión anterior, y con el objeto de que las personas aspirantes que superen la fase de oposición de este proceso selectivo puedan acreditar los méritos con los que cuenten en la fase de concurso, esta dirección general

RESUELVE:

Primero. Publicar el procedimiento a seguir para la acreditación de los méritos correspondientes a la fase de concurso del proceso selectivo para el ingreso en la escala de auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, subgrupo C2, en las especialidades de emisorista/vigilante fijo/a, bombero forestal-conductor motobomba y bombero forestal, del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

De acuerdo con lo establecido en la base II.2.2 de la convocatoria, los méritos a baremar en la fase de concurso deberán referirse a la fecha de publicación en el DOG de la convocatoria, que fue el 4 de marzo de 2019.

Segundo. En el plazo de los 10 días hábiles siguientes al de la publicación de la presente resolución en el DOG, las personas aspirantes actuarán de la siguiente manera:

Deberán acceder a la siguiente página web: https://www.xunta.gal/funcion-publica/expediente-administrativo, en la que podrán comprobar los méritos que tienen registrados en su expediente electrónico.

Para acceder podrá emplear cualquiera de los siguientes métodos de acceso:

• Certificado electrónico.

• Llave365 o DNI electrónico.

• Para el personal con destino en la actualidad en la Xunta de Galicia, el usuario/llave del directorio electrónico de la Xunta de Galicia.

Una vez accedan a la aplicación informática, podrán generar el impreso de conformidad o el impreso de subsanación, a partir de los datos que constan en su expediente personal.

Comprobados los datos que figuran en su expediente electrónico, la persona interesada podrá validarlos o tramitar su disconformidad.

a) En el supuesto de estar conforme con los datos consultados, los validará sin hacer ningún cambio, cerrará el impreso y realizará la presentación electrónica.

En el apartado «Motivo por el cual hace la solicitud» deberá elegir la opción «2. Fase de concurso de proceso selectivo»

Para la presentación de la solicitud la persona interesada deberá presionar en el botón «Cerrar y presentar impreso de conformidad».

A continuación podrá generar en formato PDF su impreso de conformidad, en el que se visualizarán el número de registro y la fecha de presentación como justificante de la presentación.

b) En el supuesto de mostrar su disconformidad por no estar de acuerdo con alguno o algunos de los datos, por no constar, ser erróneos o incompletos, la persona interesada deberá completar o corregir la información inscrita y generar un impreso de subsanación.

En el apartado «Motivo por el cual hace la solicitud» deberá elegir la opción «2. Fase de concurso de proceso selectivo».

En el apartado «Datos de su unidad de personal» en el campo «Nombre» deberá escribir «Dirección General de la Función Pública» y en el campo «Dirección» deberá escribir «Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela».

Al finalizar las correcciones, modificaciones o inclusiones de nuevos datos, la persona interesada cerrará su solicitud presionando en el botón «Cerrar y generar impreso de subsanación».

La persona interesada deberá firmar el impreso de subsanación y remitirlo a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de la Función Pública, Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela, debiendo adjuntar toda la documentación válida para justificar los méritos añadidos o modificados, de conformidad con lo establecido en el punto cuarto de esta resolución.

Las personas aspirantes que no tengan méritos que acreditar no precisan realizar ningún trámite.

Si la persona interesada no pudiese acceder a la aplicación informática, podrá ponerse en contacto con el servicio informático de la Dirección General de la Función Pública, en el teléfono 881 99 98 83.

Tercero. Los datos reflejados en el impreso de conformidad o en el impreso de subsanación serán los que tenga en cuenta el tribunal en la baremación de la fase de concurso y siempre referidos a la fecha que se establece en el punto primero de esta resolución.

Cualquier impreso de conformidad o de subsanación y la documentación justificativa de los méritos que no reúna los requisitos o que fuera registrado fuera del plazo establecido en el apartado segundo de esta resolución se tendrá por no presentado.

En el caso de no presentar impreso de subsanación o conformidad, los datos reflejados en el expediente administrativo de las personas interesadas y que ya consten validados con anterioridad serán los que tenga en cuenta el tribunal en la baremación de la fase de concurso, siempre que estén referidos a la fecha que se establece en el punto primero de esta resolución.

Por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva no se admitirá, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias y a los efectos de su valoración en este proceso, ninguna documentación acreditativa de nuevos méritos aunque consten registrados en el expediente electrónico, excepto aquella documentación que, justificando documentalmente fue solicitada por la persona interesada al organismo o entidad competente en el plazo de presentación de solicitudes o en un momento anterior, no haya sido recibida por la persona interesada en el indicado plazo, supuesto en que se admitirá su presentación hasta el momento de la finalización del plazo para la presentación de reclamación a la baremación provisional.

Fuera de este supuesto y plazo no se admitirá la presentación de ninguna documentación acreditativa de nuevos méritos.

Las personas interesadas que, con anterioridad a la fecha de publicación de esta resolución en el DOG hubieran registrado en el sistema informático la validación de algún mérito en el expediente electrónico que se encuentre pendiente de validar, deberán presentar, en su caso, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la documentación complementaria para acreditar debidamente los méritos alegados.

Cuarto. Remisión de la documentación acreditativa de los méritos alegados

Toda la documentación válida para justificar los méritos añadidos o modificados por la persona interesada en su expediente administrativo deberá ser remitida a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de la Función Pública, Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela, teniendo en cuenta lo siguiente:

Los certificados firmados electrónicamente y los documentos electrónicos podrán remitirse a través del registro electrónico. La persona solicitante, para la remisión electrónica, empleará el modelo con el código PR004A, previsto en la Orden de 4 de mayo de 2017, que aprueba la puesta en funcionamiento del servicio para la presentación electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones que no contienen un sistema electrónico específico, habilitado en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal. O bien presentará la documentación en las oficinas de Registro de la Xunta de Galicia y en los demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si la documentación que se presente es un documento original en papel o carece de firma electrónica y/o validación electrónica, deberá presentarse en las oficinas de Registro de la Xunta de Galicia y en los demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para que el personal funcionario del registro acredite que es copia electrónica auténtica del documento.

Las personas interesadas que lo deseen pueden hacer uso del modelo incluido en esta resolución como anexo III.

Quinto. Acreditación del ejercicio de los derechos de conciliación para las personas aspirantes que prestaran servicio en la Xunta de Galicia (solo para las personas aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna).

Para acreditar el ejercicio de los derechos de conciliación establecidos en la base II.2, las personas aspirantes presentarán certificación, según el modelo que figura como anexo II a esta resolución, que será expedida y debidamente firmada por las unidades siguientes, de acuerdo con el destino de cada aspirante en el día de publicación de esta resolución en el DOG:

– Servicios centrales: las personas titulares de la secretaría general técnica, subdirección general o jefatura del servicio que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal, dependientes de la secretaría general técnica de la consellería respectiva, o titulares de los órganos o unidades equivalentes de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.

– Servicios periféricos: las personas titulares de las jefaturas territoriales o, en su caso, personal funcionario responsable del área de personal de las jefaturas territoriales de la consellería respectiva, o de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.

Sexto. Acreditación del ejercicio de los derechos de conciliación para las personas aspirantes que hubieran prestado servicio en otras administraciones públicas distintas de la Xunta de Galicia (solo para las personas aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna).

En este caso, la justificación de los méritos alegados por las personas aspirantes se hará mediante la presentación de la certificación, según el modelo que figura como anexo II a esta resolución, que será expedida y debidamente firmada por las personas titulares de las unidades de la Administración pública en la que hubieran prestado servicios y que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal.

Séptimo. Acreditación del ejercicio de los derechos de conciliación para las personas aspirantes que en esas fechas no prestaran servicio en alguna Administración pública (solo para las personas aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna).

En este caso la justificación de los méritos alegados por las personas aspirantes se hará mediante la presentación de la certificación emitida por la Seguridad Social.

Octavo. Los certificados acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega deberán registrarse en el apartado «Gallego y Grado» del expediente electrónico y deberá remitirse la documentación que lo acredite, salvo que ya conste este título como validado en el expediente electrónico.

Noveno. Acreditación de la experiencia profesional en las administraciones públicas

La experiencia profesional en las administraciones públicas se acreditará mediante certificación emitida por las personas titulares de las unidades que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal del centro u órgano, en la cual deberá constar la siguiente información: categoría/grupo/especialidad, tipo de vínculo (fijo, temporal), régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario), fecha de inicio y fin de cada una de las vinculaciones, régimen de jornada (jornada completa, tiempo parcial).

Se emitirá un certificado individual por cada categoría/grupo/especialidad.

Los certificados podrán comprender una o varias vinculaciones, sucesivas o no.

Como anexo I a esta resolución figura un modelo que deberá emplearse preferentemente.

Solo será necesario acreditar la experiencia profesional que no conste en el expediente electrónico o aquella de la que se haga algún tipo de subsanación.

Décimo. La formación se acreditará mediante copia auténtica u original del certificado de asistencia al curso, en el que deberán constar el organismo o entidad que organizó e impartió dicha actividad formativa, las fechas de realización y el número de horas lectivas.

Los diplomas o certificaciones que estén redactados en un idioma distinto a cualquiera de los oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia deberán acompañarse de su traducción al castellano o gallego, que deberá efectuar:

a) Un traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.

b) Cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.

c) La representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadana la persona interesada.

Solo será necesario acreditar la formación que no conste en el expediente electrónico o aquella de la que se haga algún tipo de subsanación.

Santiago de Compostela, 5 de abril de 2022

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO I

Modelo certificado méritos experiencia profesional

Méritos que se hacen constar relativos a la fase de concurso.

Datos de la persona certificadora:

Don/Doña

Cargo y entidad

CERTIFICA que, según los datos que constan en este centro directivo, Don/Doña _______________________________________________________________________, con DNI __________________________, tiene acreditados los siguientes méritos sobre la experiencia profesional, según lo dispuesto en la base II.2 de la convocatoria:

Categoría-Grupo-Especialidad:

Régimen jurídico del vínculo:

Denominación del puesto de trabajo

Período

Jornada

Porcentaje de la jornada a tiempo parcial %

Observaciones

Del

Al

Lo que hago constar a efectos de participación de la persona interesada en el proceso selectivo para el ingreso en la escala de auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, subgrupo C2, en las especialidades de _______________________ (emisorista/vigilante fijo/a, bombero forestal-conductor motobomba y bombero forestal), del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, convocado por la Orden de 28 de febrero de 2019 (DOG núm. 44, de 4 de marzo), y firmo esta certificación en ____________________, a_____ de _____ de 2022.

ANEXO II

Modelo de certificado de ejercicio de derechos de conciliación

Méritos que se hacen constar relativos a la fase de concurso.

Datos de la persona certificadora:

Don/Doña

Cargo y entidad

CERTIFICA que, según los datos que constan en este centro directivo, Don/Doña ___________________________________________________________________con DNI __________________________, tiene acreditados los siguientes méritos:

Base II.2. Ejercicio de derechos de conciliación en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo en el DOG:

Permiso por parto, adopción, acogimiento o nacimiento

Desde

Hasta

Reducción de jornada, artículo 106.2 a) y b) de la LEPG o excedencia por cuidado de familiares

Desde

Hasta

Lo que hago constar a los correspondientes efectos de participación en el proceso selectivo para el ingreso en la escala de auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, subgrupo C2, en las especialidades de _____________________________________ (emisorista/vigilante fijo/a, bombero forestal-conductor motobomba y bombero forestal), del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, convocado por la Orden de 28 de febrero de 2019 (DOG núm. 44, de 4 de marzo) y firmo esta certificación en _________________, a _____ de ____ de 2022.

ANEXO III

Modelo de instancia de remisión de documentos

Don/Doña ___________________________________________________, con DNI/NIE número___________, y con domicilio a efectos de notificación en ___________________________________________________ en el ayuntamiento de ________________________, código postal _______, provincia de _______________________________, teléfono de contacto ___________________ y correo electrónico _____________________________ adjunta la documentación acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso del proceso selectivo para el ingreso en la escala de auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, subgrupo C2, en las especialidades de _________________ (emisorista/vigilante fijo/a, bombero forestal-conductor motobomba y bombero forestal), del cuerpo de auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, convocado por la Orden de 28 de febrero de 2019 (DOG núm. 44, de 4 de marzo).

_________________ , ______ de __________________ de 2022

(firma)

DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Servicio de Selección

Consellería de Hacienda y Administración Pública

Edificio Administrativo San Caetano

15781 Santiago de Compostela