Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 22 de abril de 2022 Pág. 24679

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 7 de abril de 2022 por la que se notifica la resolución del expediente sancionador AC-59/2021, por infracción grave en materia de turismo (RITGA-E-2021-010430).

Por la presente cédula, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica a Milagros Castro Blanco, con domicilio en Camiño dos Vilares, 147 de Santiago de Compostela, la resolución de la directora de la Agencia Turismo de Galicia de 21 de marzo de 2022, del procedimiento administrativo sancionador en materia de turismo por la comisión de una infracción administrativa grave tipificada en la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia (DOG núm. 216, de 11 de noviembre), y que, intentada la notificación por los medios habituales, no se pudo practicar.

La interesada podrá examinar su expediente y recoger la resolución mediante comparecencia en las dependencias de la Agencia Turismo de Galicia, situada en la carretera de Santiago-Noia, km 3, A Barcia, Santiago de Compostela (A Coruña).

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la titular de la Agencia Turismo de Galicia o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, según lo dispuesto en los artículos 8.2.b), 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Se le comunica que la resolución pone fin a la vía administrativa siendo, por tanto, ejecutiva. Los plazos para abonar el importe de la multa son los siguientes: a) publicación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si este fuese inhábil, hasta el día inmediato hábil siguiente, b) publicación entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o hasta el día inmediato hábil siguiente.

El pago se realizará mediante los impresos formalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta agencia de turismo. De no efectuarse el ingreso en el período voluntario, se procederá a la recaudación de la deuda por la vía de apremio, según lo dispuesto en el Reglamento general de recaudación aprobado por el Real decreto 939/2005, de 29 de julio.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2022

Emilio José de la Iglesia Lema
Gerente de la Agencia Turismo de Galicia

ANEXO

Expediente: AC-59/2021.

Denunciada: Milagros Castro Blanco.

Establecimiento: alojamiento irregular.

Dirección: Camiño dos Vilares, 147, Santiago de Compostela.

Precepto infringido: artículo 35.a) de la Ley 7/2011.

Tipo de infracción: artículo 110.1 de la Ley 7/2011.

Calificación: grave.

Resolución: 21 de marzo de 2022.

Sanción: 1.300,00 €.