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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 28 de abril de 2022 Pág. 25746

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2022 por la que se convocan cursos del módulo de Primeros auxilios y actuación inicial en emergencias en espacios acuáticos naturales, incluido en el Curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN-4), con el objetivo de alcanzar la formación mínima que debe reunir el personal auxiliar de información y primeros auxilios en espacios acuáticos naturales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y su inscripción en el Registro profesional del personal de socorrismo, información y primeros auxilios de Galicia.

El Decreto 152/2021, de 21 de octubre, por el que se regulan las condiciones para el ejercicio profesional de las actividades de socorrismo acuático, información y primeros auxilios en los espacios acuáticos naturales e instalaciones acuáticas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 216, de 10 de noviembre), establece los requisitos que debe reunir el personal auxiliar de información y primeros auxilios en espacios acuáticos naturales para ejercer su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, que son condición indispensable la inscripción en el registro.

El Decreto 152/2021, de 21 de octubre, dispone en el artículo 7, letra b), que la acreditación de la formación mínima para el ejercicio de las funciones del personal auxiliar de información y primeros auxilios en espacios acuáticos naturales se realiza con la superación del módulo formativo del curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales CAFDO-EAN-4 Primeros auxilios y actuación inicial en emergencias en los espacios acuáticos naturales.

Por otra parte, el artículo 21 del citado Decreto 152/2021, dispone que la Academia Gallega de Seguridad Pública, en sus propias instalaciones o bien de forma conveniada o subcontratada, podrá impartir los cursos de formación continua, los cursos de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en instalaciones acuáticas y el de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales.

En consecuencia, para fomentar la realización de la formación mínima y el acceso al Registro profesional del personal de socorrismo, información y primeros auxilios de Galicia, dentro de las actividades programadas para el año 2022, y conforme a lo establecido en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria de cursos del módulo de Primeros auxilios y actuación inicial en emergencias en espacios acuáticos naturales, incluido en el curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN-4), con el objetivo de alcanzar la formación mínima que debe reunir el personal auxiliar de información y primeros auxilios en espacios acuáticos naturales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y su inscripción en el Registro profesional del personal de socorrismo, información y primeros auxilios de Galicia, conforme a las siguientes bases:

A Estrada, 19 de abril de 2022

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Actividades formativas

Las actividades formativas serán las que se especifican en el anexo II de esta resolución, en el cual se indica también, de ser el caso, el número de ediciones por curso, número de horas lectivas, número de plazas, fechas de realización y horarios de los distintos cursos. Las actividades formativas tendrán preferentemente horario de mañana y tarde.

Los cursos convocados se realizarán en la Academia Gallega de Seguridad Pública (calle de la Cultura, s/n, A Estrada, Pontevedra), sin perjuicio de que algunas actividades formativas concretas o módulos de las mismas se puedan hacer fuera de sus instalaciones.

En su caso, las personas seleccionadas en las diferentes actividades formativas serán notificadas por correo electrónico de cualquier otra información necesaria.

Segunda. Objetivos y contenido de las actividades formativas

Objetivos:

Obtener la formación necesaria para la inscripción en el Registro profesional del personal de socorrismo, información y primeros auxilios de Galicia.

Contenido:

El contenido de las diferentes actividades formativas convocadas por la presente resolución corresponde al módulo formativo Primeros auxilios y actuación inicial en emergencias en los espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN-4), establecido en el anexo II del Decreto 152/2021.

Tercera. Destinatarios/as

Personas interesadas en la inscripción en el Registro profesional del personal de socorrismo, información y primeros auxilios de Galicia en la sección del personal auxiliar de información y primeros auxilios en espacios acuáticos naturales por medio de la acreditación de la formación mínima establecida en el artículo 7 del Decreto 152/2021, de 21 de octubre.

Cuarta. Requisitos de participación de los/las solicitantes

1. Requisitos generales:

Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6, letras a) y b), del Decreto 152/2021, de 21 de octubre.

2. Requisitos físicos/psíquicos:

Los/as solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o con el desempeño de las funciones correspondientes al curso a que se opta, mediante declaración que se efectuará junto con la solicitud de matrícula en el curso, y será obligación de cada alumno/a poner en conocimiento de la Agasp cualquier alteración relacionada con esta.

Quinta. Solicitudes

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.gal); no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos tales datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán previamente darse de alta en ella, para lo cual es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 37, 886 20 61 38 y 886 20 61 39 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

d) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

e) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.

f) No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el cual ya fue seleccionado, debe renunciar a uno de ellos.

g) Si las solicitudes para participar en un curso no superan el cincuenta por ciento (50 %) de las plazas convocadas, la Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.

Sexta. Plazo de inscripción

El plazo de inscripción será de quince (15) días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúna los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

Séptima. Criterios generales de selección

1. La selección se realizará por orden de entrada de la solicitud de inscripción.

2. En la selección se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad.

3. Dentro de las personas solicitantes que no se encuentren como voluntario/a activo/a en una agrupación de voluntarios de protección civil (AVPC), tendrán preferencia aquellas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años y, en caso de empate, tendrán preferencia las personas que cronológicamente hayan solicitado la realización del curso con anterioridad.

Cuando en el proceso de selección no se completase la reserva del punto segundo, dicha reserva, de existir suficiente número de solicitantes, se completará con el resto de solicitudes.

Octava. Admisión

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los/Las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas.

La renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, y con una antelación mínima de tres días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

Novena. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.

Décima. Faltas de asistencia

El Reglamento de régimen interior de la Agasp regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente y se penalizarán disciplinariamente en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y solo en los casos en que la inasistencia a las clases esté motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. No obstante, aunque las ausencias acumuladas no lleguen al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas que se deban recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de estas y el comportamiento y la actitud de la/del alumna/o a lo largo del curso.

Decimoprimera. Certificado de aprovechamiento

Al finalizar la actividad se entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la prueba final.

Decimosegunda. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar sin necesidad de nueva publicación el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá, sin necesidad de nueva publicación, suprimir el curso, cambiar las fechas de celebración del mismo, ampliar nuevas ediciones o plazas de este, o suspenderlo, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

Asimismo, se faculta al director general para dictar resolución sin necesidad de nueva publicación para interpretar, en su caso, el desarrollo de la convocatoria o docencia.

ANEXO II

Cursos del módulo de primeros auxilios y actuación incial en emergencias en espacios acuáticos naturales, incluido en el Curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos
naturales (CAFDO-EAN-4)

Denominación del curso

Lugar de celebración

Horas lectivas

Plazas por edición

Fechas

Curso del módulo de Primeros auxilios y actuación inicial en emergencias en espacios acuáticos naturales, incluido en el curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales (CAFDO-EAN-4)

A Estrada

25

24

23, 24 y 25 de mayo