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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Martes, 31 de mayo de 2022 Pág. 31880

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2022, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Baiona (expediente IN407A 2022/60-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida América, 38, 28028 Madrid.

Denominación: retranqueo LMT GON815 en O Cruceiro.

Situación: Baiona.

Características técnicas:

LMT aérea a 20 kV, con conductor LA-56, de 47 metros de longitud, con origen en el apoyo existente 9Q3VLWLG//18-5 en la LMT GON815 y final en el centro de transformación Cruceiro Baíña.

LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ1, de 431 metros de longitud, con origen en el apoyo existente 9Q0PU6XE//16 y final en el apoyo existente 9Q3VLWLG//18-5.

La instalación está situada en O Cruceiro, Baíña, Baiona.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, DOG núm. 203, de 25 de octubre, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 6 de mayo de 2022

Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra