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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Jueves, 9 de junio de 2022 Pág. 33860

III. Otras disposiciones

Consejo de Cuentas de Galicia

RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2022 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Pleno de 18 de mayo de 2022 por el que se procede a la modificación de las bases reguladoras y a la convocatoria del III Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la base 2 del Acuerdo del Pleno del 23 de septiembre de 2019 por el que se crea el Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz y se establecen las bases reguladoras para su concesión (DOG núm. 215, del 12 de noviembre de 2019),

RESUELVO:

Ordenar la publicación del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de Galicia, de 18 de mayo de 2022, por el que se procede a la modificación de las bases reguladoras y convocatoria del III Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz, como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2022

José Antonio Redondo López
Consejero mayor del Consejo de Cuentas de Galicia

ANEXO

Modificación de las bases reguladoras y convocatoria del
III Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz

El Consejo de Cuentas de Galicia como órgano de control externo con competencias en materia de prevención de la corrupción tiene gran interés en promover la investigación en materias relacionadas con esta competencia y en conocer aquellas iniciativas de carácter científico que puedan contribuir al análisis de los temas propios de sus funciones de colaborar con las administraciones públicas en la implantación de sistemas de prevención y de manuales de gestión de riesgos de corrupción; de comprobar los sistemas de prevención que se pongan en marcha; de asesorar sobre los instrumentos normativos más adecuados para prevenir la corrupción, y de fomentar en la sociedad civil y, particularmente, en el ámbito empresarial, la transparencia y el comportamiento ético en sus relaciones con el sector público.

Una de las formas de contribuir a este objetivo consiste en emplear instrumentos que incentiven la elaboración de trabajos relacionados con la prevención de la corrupción en el sector público, en sus diversas vertientes, como son los premios de investigación.

El Pleno del Consejo de Cuentas de Galicia, en sesión celebrada el 23 de septiembre de 2019, creó el Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz, para promover la investigación en materias relacionadas con la prevención de la corrupción en las administraciones públicas y aprobó las bases reguladoras para su concesión, que fueron objeto de publicación mediante Resolución del consejero mayor, de 29 de octubre de 2019 (DOG núm. 215, del 12 de noviembre).

Tras la experiencia de las dos primeras ediciones, se hace necesarios modificar dichas bases reguladoras y, al mismo tiempo, proceder a la tercera convocatoria del premio.

Habida cuenta de lo anterior, el Pleno del Consejo de Cuentas de Galicia, en su sesión del 18.5.2022,

acuerda:

Primero. Modificar las bases reguladoras para la concesión del Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz en los siguientes términos:

«Base 4. Participantes

Podrán concurrir al premio los autores o coautores de trabajos de investigación que tengan su domicilio en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, que podrán tener la condición de persona física o grupo de investigación, compuesta por personas físicas, bajo la coordinación de uno de sus integrantes, que actuará como representante del grupo y responsable del trabajo para los efectos oportunos.

No podrán concurrir al premio:

a) Aquellas personas que tuvieran la condición de miembro del Pleno del Consejo de Cuentas a la fecha de la respectiva convocatoria.

b) Aquellas personas que obtuvieran el premio en las dos ediciones anteriores a la convocatoria del premio.

c) Aquellas personas que hayan formado parte del jurado en las dos ediciones anteriores a la convocatoria del premio.

Los participantes deberán reunir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley general de subvenciones».

«Base 6. Documentación que se debe presentar

1. La documentación que se debe presentar en el momento de la solicitud de participación será la siguiente:

Solicitud de participación en la correspondiente convocatoria del premio que figura como anexo I, a los únicos efectos de su registro administrativo, de la que no se dará traslado al jurado.

Sobre 1: será un sobre blanco cerrado con el título del trabajo exclusivamente. El contenido de este sobre 1 será únicamente un ejemplar del trabajo en formato papel o digital (preferentemente), y que deberá cumplir los requisitos previstos en la base 7.

Sobre 2: será un sobre blanco cerrado con el título del trabajo y el seudónimo de su autor/a o autores exclusivamente. El contenido de este sobre 2 será únicamente el impreso de participación del anexo II junto con la copia del DNI de su autor/a o autores.

2. Cuando la documentación se presente sin cumplir alguno de los requisitos del apartado anterior, la Secretaría General del Consejo de Cuentas podrá requerir su subsanación siempre que se garantice para el jurado el anonimato de las solicitudes de participación presentadas, para lo cual en la solicitud del anexo I es imprescindible cubrir la dirección electrónica.

3. Una vez producida la resolución del jurado y elevada la propuesta de concesión de acuerdo con lo previsto en la base 11.1 y una vez abiertos los sobres a que se refiere el punto 1.c) de esta base, se requerirá a las personas interesadas autoras de los trabajos para que, en un plazo de diez días presenten, la siguiente documentación:

a) En el caso de personas físicas, copia compulsada del DNI, pasaporte o documento equivalente acreditativo de la identidad del/de la autor/a.

b) Cuando se trate de un grupo de investigación (varios/as autores/as), la documentación referida en los dos puntos anteriores deberá ser aportada para cada uno de sus integrantes.

4. La documentación a que se refiere el punto anterior podrá presentarse a través de la sede electrónica del Consejo de Cuentas sin que sea necesario presentarla cuando ya constara en poder del Consejo de Cuentas. En este caso, la persona interesada deberá cubrir el punto B.2 del anexo II y autorizarlo expresamente mediante la firma del punto B.3 de dicho anexo II».

«Base 7. Requisitos de los trabajos

1. El trabajo deberá ser original, inédito y no haber obtenido ningún otro premio de similares características con anterioridad a la convocatoria de este premio.

2. El trabajo no podrá haberse presentado a convocatorias anteriores del Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz. Sin embargo, podrán presentarse aquellos trabajos que no hayan sido objeto de valoración por el jurado en convocatorias anteriores, por concurrir lo dispuesto en el apartado 6 de esta base.

3. El trabajo podrá estar redactado en gallego o castellano.

4. El trabajo no podrá llevar ningún distintivo, tanto en papel como en el documento digital, que permita la identificación de los autores.

5. El trabajo deberá tener una extensión mínima de 30 folios y máxima de 60 a una cara. El texto deberá reunir los siguientes requisitos: tamaño de fuente 12; interlineado 1,5; espaciado anterior y posterior 0 puntos; sin sangría; márgenes superior e inferior 2,5 centímetros e izquierda y derecha 3 centímetros).

6. Los trabajos que no cumplan alguno de los requisitos anteriores no serán objeto de valoración por el jurado».

«Base 8. Premio

El premio de investigación está dotado con la cantidad de 4.500 euros, distribuidos de la siguiente forma:

a) Primer premio: 3.000 euros.

b) Segundo premio: 1.500 euros.

c) Accésits: en el caso de ser declarados desiertos el primer y el segundo premios, se podrán conceder hasta tres accésits de 1.000 euros cada uno.

Estas cantidades podrán variar para cada convocatoria en función de las disponibilidades presupuestarias.

Los importes anteriores no se abonarán en concepto de contraprestaciones económicas derivadas de la cesión de derechos de propiedad intelectual, a los efectos de lo previsto en la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de la personas físicas».

«Base 9. Órgano instructor del expediente y jurado

1. Corresponderá a la Secretaría General del Consejo de Cuentas de Galicia la instrucción del procedimiento para la concesión del premio.

2. El jurado tendrá como función el estudio y la valoración de los trabajos presentados en plazo con el objeto de seleccionar los que merezcan ser premiados. A estos efectos, el registro del Consejo emitirá un certificado en el que consten exclusivamente los seudónimos de los solicitantes con la fecha de presentación en el registro.

3. El Pleno del Consejo de Cuentas designará el jurado, que estará compuesto por cinco miembros, incluido el/la consejero/a mayor, que lo presidirá.

Los restantes miembros del jurado, tres serán elegidos entre investigadores, técnicos y expertos en prevención de la corrupción, y uno, que actuará como secretario, será una persona funcionaria del Consejo de Cuentas que ocupe un puesto de nivel 28 o superior, respetando la presencia equilibrada de hombres y mujeres.

4. El jurado podrá requerir el asesoramiento de especialistas de reconocido prestigio en materia de prevención de la corrupción e integridad institucional.

5. El funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en la sección 3ª (órganos colegiados de las distintas administraciones públicas) del capítulo II, título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público».

Base 10. Criterios de evaluación

El jurado seleccionará los trabajos que a su juicio sean merecedores del premio, habida cuenta los siguientes criterios de valoración:

a) Contenido científico, originalidad y calidad.

b) Su aportación al conocimiento, diagnosis y tratamiento de una determinada situación relacionada con la prevención de la corrupción en las administraciones públicas».

«Base 11. Resolución

1. Una vez valorados los trabajos por el jurado, este emitirá su resolución y elevará la propuesta de concesión debidamente motivada al Pleno del Consejo de Cuentas, que adoptará el acuerdo correspondiente.

2. Emitida la resolución y en la misma sesión del jurado, se procederá a la apertura de los sobres a que se hace referencia en la base 6.1.c), correspondientes a los trabajos que se premiarán.

3. El jurado podrá declarar desiertos el primer y segundo premios y, en su caso, otorgar los accésits a que se refiere la base 8.

4. El jurado podrá declarar que dos trabajos obtengan ex aequo el primer premio, caso en que el importe total de la dotación económica se repartirá a partes iguales entre ellos, sin que en este caso proceda la concesión del segundo premio y de los accésits.

5. La resolución del jurado será inapelable.

6. El acuerdo de convocatoria establecerá el plazo para la emisión de la resolución del jurado».

«Base 17. Publicación de los trabajos

1. El Consejo de Cuentas podrá publicar aquellos trabajos premiados cuya difusión considere de interés, por lo que los participantes deberán firmar el consentimiento expreso previsto en el punto B.4 del anexo II.

2. Los trabajos no premiados, al tratarse de copias y teniendo su autor/a o autores el texto original, quedarán, en su caso, en depósito en la biblioteca de la institución».

Segundo. Convocar el premio correspondiente a la edición de 2022 (tercera edición), que se regirá por las siguientes disposiciones:

Primera. Convocatoria

Se convoca el III Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz correspondiente a la edición de 2022, de acuerdo con la base 2 del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas, de 23 de septiembre de 2019, por el que se crea el Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz y se establecen las bases reguladoras para su concesión, publicado mediante Resolución del consejero mayor, de 29 de octubre de 2019 (DOG núm. 215, de 12 de noviembre)

Segunda. Requisitos y procedimiento

Los requisitos y procedimiento de concesión del premio serán los recogidos en el Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de 23 de septiembre de 2019 en el que se establecen las bases reguladoras para su concesión.

Tercera. Participantes

De acuerdo con la base 4 del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de 23 de septiembre de 2019 podrán concurrir al premio los autores o coautores de trabajos de investigación, que tengan su domicilio en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, que podrán tener la condición de persona física o grupo de investigación, compuesto por personas físicas, bajo la coordinación de uno de sus integrantes, que actuará como representante del grupo y responsable del trabajo a los efectos oportunos.

No podrán concurrir al premio:

a) Aquellas personas que tuvieran la condición de miembro del Pleno del Consejo de Cuentas a la fecha de esta convocatoria.

b) Aquellas personas que hayan obtenido el premio en las dos ediciones anteriores a esta convocatoria.

c) Aquellas personas que hayan formado parte del jurado en las dos ediciones anteriores a la presente convocatoria.

Cuarta. Plazo de presentación

En cumplimiento de la base 5 del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de 23 de septiembre de 2019, se establece que el plazo de presentación de las solicitudes comenzará a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, finalizando el 31 de octubre de 2022.

Quinta. Designación del jurado

De conformidad con lo dispuesto en la base 9 del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas de 23 de septiembre de 2019, el jurado estará compuesto por:

Presidente: José Antonio Redondo López.

Vocales:

– Antonio Arias Rodríguez.

– María Concepción Campos Acuña.

– María Inmaculada Valeije Álvarez.

Secretario: Ulpiano Leandro Villanueva Rodríguez.

Sexta. Plazo del fallo del jurado

De conformidad con lo establecido en la base 11 del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas del 23 de septiembre de 2019, el plazo para la emisión del fallo del jurado finalizará el 30 de noviembre de 2022.

Séptimo. Dotación económica.

La dotación económica del III Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz es de 4.500 euros, distribuidos de la siguiente forma:

a) Primer premio: 3.000 euros.

b) Segundo premio: 1.500 euros.

c) Accésits: en caso de ser declarados desiertos el primero y segundo premios, se podrán conceder hasta tres accésits de 1.000 euros cada uno.

Dicha cuantía se imputará a la partida presupuestaria 02.01.111C.481.01 del presupuesto del Consejo de Cuentas para el ejercicio 2022.

Octava. Modelo de solicitud e impreso de participación

Se publican el modelo de solicitud y el impreso de participación que figuran como anexos I y II del Acuerdo del Pleno del Consejo de Cuentas, de 23 de septiembre de 2019.

Tercero. Entrada en vigor

La modificación de las bases reguladoras y la convocatoria del Premio de Investigación Carlos G. Otero Díaz entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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