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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Lunes, 4 de julio de 2022 Pág. 38117

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 22 de junio de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto de interés autonómico (PIA) del proyecto del parque eólico Legre, en los ayuntamientos de Mesía y Oza-Cesuras (A Coruña) (expediente IN408A 2020/097).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Solicitante/promotor: Green Capital Power, S.L. CIF: B85945475.

Domicilio social: Torre Serrano, calle Marqués de Villamagna, 3, 5ª planta, 28001 Madrid.

Dirección a efectos de notificaciones: calle Fernando de Casas Novoa, 35, bloque B, 2ª planta, puerta B, 15707 Santiago de Compostela.

Denominación del proyecto: parque eólico Legre (expediente IN408A/2020/097).

Municipios afectados: Mesía y Oza-Cesuras (A Coruña).

Potencia máxima del parque: 37,95 MW.

Número de aerogeneradores a instalar: 7 × 6 MW.

Producción neta: 138.644 Mwh/año.

Presupuesto total (ejecución material): 27.413.369,21 €.

Plazo de ejecución: doce (12) meses.

Localización (área de afección):

Parque eólico Legre

A.D.E.

II-9-6 Mesía

Vértice poligonal

UTM ETRS 89 huso 29

UTM-X

UTM-Y

P1

562.274

4.779.285

P2

563.910

4.779.285

P3

564.466

4.778.741

P4

566.374

4.778.741

P5

566.374

4.776.370

P6

565.566

4.776.370

P7

565.566

4.772.851

P8

566.374

4.772.851

P9

566.374

4.771.101

P10

562.358

4.771.101

P11

562.358

4.772.851

P12

557.966

4.775.360

P13

562.273

4.776.894

Aerogenerador

UTM ETRS 89 huso 29

UTM-X

UTM-Y

LEG-01

558.875

4.775.235

LEG-02

559.373

4.775.333

LEG-03

564.033

4.775.573

LEG-04

563.793

4.778.640

LEG-05

564.617

4.778.217

LEG-06

565.168

4.778.348

LEG-07

566.162

4.777.826

Torre meteorológica

UTM ETRS 89 huso 29

UTM-X

UTM-Y

LEG-TP

559.685

4.775.192

Subestación (parque eólico Legre)

UTM ETRS 89 huso 29

UTM-X

UTM-Y

Subestación

562.801,96

4.776.571,44

Características técnicas de las instalaciones:

– 7 aerogeneradarores modelo SG170 o similar de 6 MW. Los aerogeneradores LEG-01, LEG-02, LEG-03, LEG-05, LEG-06 y LEG-07 estarán limitados en el generador individualmente a una potencia unitaria de 5,42 MW y el aerogenerador LEG-04 a una potencia unitaria de 5,43 MW. La potencia activa máxima del parque será 37,95 MW, de acuerdo con la potencia admisible en el punto de conexión. Los aerogeneradores tendrán una altura de buje 115 m y diámetro de rotor 170 m.

– 7 centros de transformación tipo seco de potencia unitaria aproximada 7.200 KVA y relación de transformación 0,69 / 30 kV, con sus correspondientes celdas de protección y maniobra de los circuitos de 30 kV.

– Red eléctrica soterrada de 30 KV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación transformadora del parque de 30/132 KV, compuesta por 3 circuitos con conductores tipo RHZ1 -2OL 18/30 KV de secciones 95, 400 y 630 mm² de aluminio.

– Red de tierras general de modo que las instalaciones electromecánicas y subestación del parque eólico formen un conjunto equipotencial. La red de tierras de los aerogeneradores será mediante cable de acompañamiento de cobre de 50 mm² de sección, irá instalado en la misma zanja que la red eléctrica soterrada de 30 KV y se conectará a las pletinas de puesta a tierra de los aerogeneradores y de las celdas de media tensión de la subestación, este conductor en contacto directo con el terreno actuará como electrodo horizontal. Para realizar la red de tierras de la subestación, se enterrará una malla básica de electrodos de cobre desnudo de sección 95 mm², paralelos en dirección longitudinal y transversal al recinto, formando retículas prácticamente uniformes en contacto con el terreno natural.

– Red de comunicaciones constituida por conductor de fibra óptica.

– Una torre meteorológica de 117 m.

– La subestación Legre 132/30 kV dispondrá de un edificio de control, con salas independientes para distintos usos. Se contemplan las salas de oficina, vestuario, aseo, comedor, sala de celdas, sala de protección y control, sala de scada y sala para almacén y taller. El parque intemperie estará compuesto por un transformador de potencia de 132/30 kV y todos los elementos asociados a este.

Las instalaciones principales de la subestación se dividen en:

• Sistema de 132 kV.

• Sistema de 30 kV.

• Sistema de control, comunicaciones y protección.

• Sistema de puesta a tierra.

• Servicios propios subestación.

La configuración en el nivel de 132 kV de la subestación es la siguiente:

Posición línea/transformador:

• Tres autoválvulas en la entrada de línea AT de 132 kV.

• Tres transformadores de tensión de 132 kV.

• Un seccionador tripolar con puesta a tierra de 132 kV.

• Un interruptor trifásico automático de 132 kV con mando unipolar.

• Tres transformadores de intensidad de 132 kV.

• Tres autoválvulas para protección del trasformador de potencia de 132 kV.

• Un transformador de potencia de 35/45 MVA y relación de transformación 132/30 kV (ONAN/ONAF) con grupo de conexión Ynd11.

La configuración en el nivel de 30 kV de la subestación es simple barra, con los conjuntos de celdas siguientes:

Barras transformador:

• Una celda de protección de transformador de potencia.

• Una celda de transformador de servicios auxiliares.

• Tres celdas de seccionamiento con puesta a tierra (procedentes de las sub-barras del parque).

• Una celda de protección batería de condensadores.

• Medida de tensión en barras.

PE Legre.

• Cuatro celdas de protección de línea (circuitos colectores procedentes del parque eólico).

• Una celda de seccionamiento con puesta a tierra.

• Medida de tensión en barras.

Para el montaje de todos los elementos se utilizarán estructuras metálicas.

– La energía producida se evacuará a través de una LAT denominada «LAT 132 KV evacuación PE Legre». Dicha línea parte de la SET del PE Legre hasta entroncar en el apoyo nº 44 de la denominada «LAT 132 KV SET PE Abrente-SET PE Gasalla», y desde esta subestación a través de la «LAT 132 KV PE Gasalla-SET colectora Mesón» se evacua la energía generada en PE Legre y en los demás parques del clúster, que elevan la tensión en la «SET colectora Mesón 132/220 kV», donde evacuan la energía producida otros parques de esta sociedad, así como de otros promotores. El punto final de conexión a la red es la SET Mesón do Vento 220 KV perteneciente a REE.

Los proyectos de líneas y subestaciones a los que se hace mención anteriormente son objeto de proyectos independientes y se encuentran en estado de tramitación.

Objecto da información pública:

La solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, el estudio de impacto ambiental (EIA) y el proyecto de interés autonómico (PIA) de las instalaciones.

Documentación que se expone:

1. El proyecto de ejecución (enero 2022-visado 6.4.2022).

1.1. Plano general del proyecto del parque eólico.

2. El estudio de impacto ambiental (EIA) (octubre 2021-firmado 30.3.2022).

3. El proyecto de interés autonómico (PIA) (enero 2022-visado 24.1.2022).

Conforme al artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, el proyecto se hace público para el conocimiento general y para que se pueda examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la sección de Energía de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Vicepresidencia Primeira y Consellería de Economía, Industria e Innovación (calle Vicente Ferrer, nº 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, teléfonos 981 18 49 83 y 981 18 49 17), de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, así como en los ayuntamientos de Mesía y de Oza-Cesuras (A Coruña). Además, también se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación a través del siguiente enlace:

https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion

A Coruña, 22 de junio de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña