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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Miércoles, 6 de julio de 2022 Pág. 38702

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 17 de junio de 2022, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 17 de junio de 2022 relativa al acto de conciliación formulado por los representantes de los montes vecinales en mano común Sobral o Comunal de Queirugás, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Queirugás, A Rasela, Vilela y Tintores, en el ayuntamiento de Verín, y el de Valdeguas, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de A Trepa, en el ayuntamiento de Riós.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del MVMC Sobral o Comunal de Queirugás, perteneciente a la CMVMC de Queirugás, A Rasela, Vilela y Tintores, en el ayuntamiento de Verín, y el de Valdeguas, perteneciente a la CMVMC de A Trepa, en el ayuntamiento de Riós, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 21 de marzo de 2022 la CMVMC de Queirugás, A Rasela, Vilela y Tintores presentó un escrito (Rexel núm. 2022/749354) en el que solicita que se tramite el deslinde realizado entre los MVMC Sobral o Comunal de Queirugás y el deValdeguas.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

– Acta de deslinde.

– Memoria descriptiva con planos topográficos.

– Acta de conciliación levantada en el Juzgado de Primera Instancia de Verín.

– Certificaciones de aprobación de las dos comunidades.

– Archivos shape.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 29 de marzo de 2022 hace constar que la documentación presentada corresponde al deslinde de un pequeño tramo del perímetro límite entre el MVMC Valdeguas, perteneciente a la CMVMC de A Trepa, y el MVMC Sobral o Comunal de Queirugás, perteneciente a la CMVMC de Queirugás, A Rasela, Vilela y Tintores.

En concreto, se trata del subtramo comprendido aproximadamente entre los vértices número 2 y 5 de un deslinde aprobado por el Jurado Provincial el día 29 de mayo de 2018, el cual definió con precisión la línea que deslinda ambos montes (entre otros). La nueva propuesta simplifica la de 2018, eliminando los vértices 3 y 4 de esta última.

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 29 de marzo de 2022, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 31 de mayo de 2022:

– Aprobar el acto de conciliación alcanzado por las juntas rectoras de los MVMC Sobral o Comunal de Queirugás, perteneciente a la CMVMC de Queirugás, A Rasela, Vilela y Tintores, en el ayuntamiento de Verín, y el de Valdeguas, perteneciente a la CMVMC de A Trepa, en el ayuntamiento de Riós.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 17 de junio de 2022

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense