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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Martes, 9 de agosto de 2022 Pág. 43111

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2022 por la que se convocan cursos de formación continua para el personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realicen alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de las personas, de los bienes y del medio ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.

Mediante la Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga), en el que se establece la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2022 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se anuncia la convocatoria de los cursos de formación continua dirigidos el personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al segundo semestre del año 2022, cuyas bases y características se especifican en el anexo de esta resolución.

A Estrada, 1 de agosto de 2022

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO

Bases

Primera. Actividades formativas

Denominación

Modalidad

Ediciones

Horas lectivas

Plazas

Fechas

Colaboración del voluntariado de protección civil en dispositivos ante grandes concentraciones humanas

En línea

1

20

40

Del 21 de septiembre al 14 de octubre

Accidentes en la carretera

En línea

1

34

40

Del 21 de septiembre al 28 de octubre

Búsqueda de personas desaparecidas

En línea

1

20

40

De 28 de septiembre al 21 de octubre

Actuación inicial con las víctimas de violencia de género

En línea

1

20

40

Del 5 al 28 de octubre

Rescate en lugares de difícil acceso (nivel I)

Presencial

4

24

12

1ª edición

Del 5 al 7 de octubre

2ª edición

Del 26 al 28 de octubre

3ª edición

Del 2 al 4 de noviembre

4ª edición

Del 23 al 25 de noviembre

Comunicaciones en emergencias

Presencial

2

12

20

1ª edición

Del 13 al 14 de octubre

2ª edición

Del 10 al 11 de noviembre

Coordinación en incendios forestales de situación 2

En línea

1

20

40

De 19 de octubre al 11 de noviembre

Prevención y lucha contra incendios urbanos y forestales

En línea

1

40

40

Del 19 de octubre al 1 de diciembre

Conducción de vehículos todoterreno en asfalto

Semipresencial

1

12

12

Del 26 de octubre al 3 de noviembre

Procedimiento y responsabilidad de los voluntarios y voluntarias de protección civil en la regulación del tráfico

En línea

1

16

40

Del 26 de octubre al 15 de noviembre

Conducción de vehículos todoterreno

Presencial

1

20

20

Del 15 al 17 de noviembre

Coordinación operativa en planes de emergencia

Presencial

1

8

24

9 de noviembre

Navegación y rescate en vehículos 4x4

Presencial

1

16

12

Del 16 al 17 de noviembre

Segunda. Contenido de las actividades formativas

El contenido de las diferentes actividades formativas convocadas por la presente resolución puede consultarse en la página web de la Academia Gallega de Seguridad Pública (http://agasp.xunta.gal) en el epígrafe «Formación de colectivos».

Tercera. Destinatarios/as

Personal voluntario de agrupaciones de voluntarios/as de protección civil (AVPC) de los ayuntamientos de Galicia.

Este personal forma parte del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia).

Cuarta. Requisitos de participación de los/las solicitantes

1. Requisitos generales:

a) Tener superado el curso básico de protección civil.

b) Estar como voluntario/a activo/a en la correspondiente AVPC.

La agrupación/asociación de voluntarios de protección civil a la que pertenezca el solicitante deberá estar inscrita reglamentariamente en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Requisitos físicos/psíquicos: los/las solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados/as por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o con el desempeño de las funciones correspondientes al curso a que se opta, mediante declaración que se efectuará junto con la solicitud de matrícula en el curso, y será obligación de cada alumno/a poner en conocimiento de la Agasp cualquier alteración relacionada con ella.

3. Los requerimientos técnicos para usar la web de los cursos de la Agasp (basada en una herramienta de aprendizaje electrónico o e-learning) son de nivel básico:

Aspectos recomendables para el PC:

• La configuración mínima de un PC doméstico (en general, cualquiera con menos de cinco años) es suficiente.

• Preferentemente conexión a internet de banda ancha y un antivirus actualizado.

• Navegador: Mozilla Firefox 2 (recomendado), Internet Explorer 6.0 o superior o Google Chrome.

• Tener JavaScript y cookies activadas en el navegador.

• Para ver los documentos en PDF, se necesita tener instalado Acrobat Reader.

• Para el desarrollo de los cursos en la modalidad transmisión en directo (streaming) es necesario disponer de cámara web y micrófono.

4. No está permitida la realización de cursos relacionados en la presente convocatoria que tengan simultaneidad en alguna de sus fechas. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia de fechas con otro en el cual ya fue seleccionado, debe renunciar a uno de ellos.

Quinta. Desarrollo de la actividad

1. En la modalidad en línea.

a) A través de la plataforma de formación de la Agasp.

b) Fechas: las ediciones se realizarán según se especifica en la base primera de esta convocatoria.

c) Horario: según disposición y necesidad del alumnado. Se ajustará al calendario establecido en el propio curso.

d) El alumnado deberá acceder al curso dentro de los primeros dos días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos) a partir de la fecha de inicio.

e) Las personas que no accedan al curso en el plazo indicado serán dadas de baja en él, sin perjuicio de que puedan ser penalizadas con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de seis (6) meses.

f) Desarrollo: el alumnado participante deberá realizar a través de la plataforma de formación de la Agasp, y de acuerdo con un calendario de presentación, las actividades incluidas en el curso, que son:

i. Visualización de los contenidos.

ii. Superación de los cuestionarios.

iii. Cumplimiento de las tareas según las exigencias indicadas.

g) El/la alumno/a que no realice alguna de esas actividades en el plazo establecido será sancionado/a con la baja en el curso, sin perjuicio de que pueda ser penalizado/a con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de seis (6) meses.

2. En la modalidad presencial.

a) Lugar y fecha: se realizará presencialmente en las instalaciones de la Agasp en las fechas establecidas en el calendario del curso, sin perjuicio de que algunas actividades formativas concretas o módulos de las mismas se puedan hacer fuera de sus instalaciones.

b) Uniformidad: es obligatorio asistir al curso con el uniforme de trabajo. Las personas que incumplan esta norma podrán ser dadas de baja en la actividad.

En todas las modalidades el alumnado deberá superar una prueba final.

Sexta. Solicitudes

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.gal); no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es necesario que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos tales datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los/las interesados/as.

b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán previamente darse de alta en ella, para lo cual es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 37, 886 20 61 38 y 886 20 61 11 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

d) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

e) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.

f) Si las solicitudes para participar en un curso no superan el 50% de las plazas convocadas, la Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.

Séptima. Plazo de inscripción

El plazo de inscripción será hasta el 9 de septiembre de 2022 a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

Octava. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se relacionan y en el orden indicado, sin perjuicio de que algunos cursos requieran criterios específicos, los cuales se indicarán en la ficha de cada acción formativa concreta publicada en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal

1º. De acuerdo con el artículo 50 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, en cada edición del curso se reservará un cincuenta por ciento de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

2º. Si después de aplicar los criterios anteriores hay empate, tendrán preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años, y, si el empate persistiera, tendrán preferencia las personas que cronológicamente hubiesen solicitado la realización de los cursos con anterioridad.

Cuando en el proceso de selección no se completara la reserva del punto primero, dicha reserva, de existir suficiente número de solicitantes, se completará con el resto de solicitudes.

Los/las solicitantes que hubiesen realizado anteriormente el curso en los últimos cuatro años solo podrán ser seleccionados para realizarlo en el supuesto de existir vacantes. De no existir vacantes, podrán figurar en la lista de reserva después de los/las solicitantes que no tuvieran el curso.

Novena. Admisión

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El alumnado seleccionado será informado de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas.

La renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, y con una antelación mínima de tres días hábiles al inicio del curso, a fin de poder cubrir la vacante. De no comunicar la renuncia, la persona seleccionada será penalizada con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de (6) meses.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

Décima. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad, al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.

Undécima. Faltas de asistencia

El Reglamento de régimen interior de la Agasp regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

1. La realización de las actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria, la no realización de las mismas deberá justificarse debidamente y se penalizarán disciplinariamente en caso contrario.

2. El alumnado que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10% del curso será declarado no apto y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

Duodécima. Certificado de aprovechamiento

Al finalizar la actividad se entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen las partes obligatorias y la prueba final del curso.

Decimotercera. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar sin necesidad de nueva publicación el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá, sin necesidad de nueva publicación, suprimir el curso, cambiar las fechas de celebración del mismo, ampliar nuevas ediciones o plazas de este, o suspenderlo, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia; específicamente, se podrá suprimir el curso cuando el alumnado admitido antes de la fecha de inicio del mismo no supere el 50 % de las plazas convocadas.

Asimismo, se faculta al director general para dictar resolución sin necesidad de nueva publicación para interpretar, en su caso, el desarrollo de la convocatoria o docencia.