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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Martes, 9 de agosto de 2022 Pág. 43231

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones del proyecto LMTS cambio de sección SCY 813 entre CTS 155HJW y 15CNDO en el ayuntamiento de Santiago de Compostela (expediente-e IN407A 2022/004-1).

Expediente-e: IN407A 202 2/004-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMTS cambio de sección SCY 813 entre CTS 155HJW y 15CNDO.

Ayuntamiento: Santiago de Compostela.

Hechos.

1. El 28 de diciembre de 2021, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las instalaciones del proyecto de ejecución denominado LMTS cambio de sección SCY 813 entre CTS 155HJW y 15CNDO al objeto de responder a los aumentos de demanda en las calles Altamira, plaza de Santo Agostiño, Cantón de San Bieito, plaza de Cervantes, calle de las Casas Reales, calle de A Algalia de Abaixo, plaza de A Algalia de Abajo, plaza de San Roque, calle de San Roque y calle Ramón del Valle Inclán, del ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Presentan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que abarca los siguientes documentos:

• Proyecto de ejecución denominado: LMTS cambio de sección SCY 813 entre CTS 155HJW y 15CNDO.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. De conformidad con los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se les dio traslado de una separata del proyecto a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, en la parte en la que la instalación podía perjudicar a bienes y derechos a su cargo, con las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se les requirió el preceptivo informe al Ayuntamiento de Santiago de Compostela y al Servicio del Patrimonio Cultural (A Coruña).

La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos por dichos organismos públicos.

4. Los servicios técnicos de la Jefatura Territorial emitieron informe favorable sobre la solicitud.

Consideraciones legales y técnicas.

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación a aplicar en este expediente es la que a continuación se relaciona:

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

Sustitución de conductor existente tipo RHV 12/20 kV 1×150 por LMTS a 20 kV de 609 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 AL, con origen en el CT Altamira (15SHJW) existente de la LMT SCY 813 (expediente IN407A 2016/22291-1) y final en arqueta existente próxima al CT Valle Inclán (15CNDO).

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo señalado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación de distribución eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar, ante esta jefatura territorial, una solicitud con la cual adjuntará la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipación, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje, en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 22 de junio de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña