Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Jueves, 11 de agosto de 2022 Pág. 43476

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ORDEN de 2 de agosto de 2022 por la que se nombran vocales del Jurado de Expropiación de Galicia.

La Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, dispone en su artículo 11.1 que el Jurado de Expropiación de Galicia es un órgano colegiado permanente de la Comunidad Autónoma de Galicia especializado en los procedimientos para la fijación del precio justo en la expropiación forzosa, cuando la Administración expropiante sea la Comunidad Autónoma o las entidades locales de su ámbito territorial. Dicho precepto establece, entre otros extremos, las funciones de este Jurado, que son desarrolladas mediante el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y por el Reglamento de organización y régimen de funcionamiento del Jurado de Expropiación de Galicia, aprobado en el Decreto 172/2018, de 20 de diciembre.

El artículo 7 del Decreto 172/2018, de 20 de diciembre, establece, respecto de la composición del Jurado, que distintos organismos, entidades y colegios profesionales propondrán, cada uno de ellos, un representante que actuará como vocal titular. Asimismo, queda prevista la designación, de la misma forma, de un vocal suplente que actuará en caso de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otra causa que imposibilite la asistencia de aquel titular.

Este mismo artículo establece que las personas titulares de las vocalías previstas en los apartados c), d), e) y f) serán sustituidas en los casos de vacante, ausencia o enfermedad por los suplentes designados en el momento de su nombramiento.

Por su parte, el artículo 11 del referido decreto establece que, respecto a las personas titulares de las vocalías previstas en los apartados c), d), e) y f) del artículo 7, el mandato, tanto del titular y del suplente, será de cuatro años, renovable por períodos de igual duración, que comenzará a computarse desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el Diario Oficial de Galicia.

Este mismo artículo del citado reglamento dice que los vocales a los que se refiere el párrafo anterior podrán ser sustituidos por las entidades, organizaciones y asociaciones que los designase, y que los así nombrados permanecerán en su cargo, como máximo, por el tiempo que le restase al sustituido para cumplir su mandato.

En virtud de las órdenes de 10 de agosto de 2018, 11 de septiembre de 2018, 30 de marzo de 2021 y 5 de mayo de 2022 (publicadas en los DOG nº 153 y 173 del año 2018, nº 60 del año 2021 y nº 87 del año 2022), se realizó el nombramiento de vocales, titulares y suplentes, en representación de varios de estos organismos y entidades. Agotada la vigencia de su mandato y después de realizar los trámites formales de solicitud de designación a los organismos y entidades señaladas en el anteriormente citado artículo 7, estas enviaron su propuesta, dado que los anteriores nombramientos estaban ya vencidos.

Por todo esto,

DISPONGO:

Artículo único

Nombrar a las personas que se relacionan en el anexo como vocales del Jurado de Expropiación de Galicia, por un período de cuatro años.

Santiago de Compostela, 2 de agosto de 2022

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad

ANEXO

Vocales del Jurado de Expropiación de Galicia, según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 172/2018, de 20 de diciembre.

– En representación de la Consellería de Hacienda:

Titular: Xan Xosé Castro Dapena.

Suplente: Jorge Fernández Fernández.

– En representación de la Federación Gallega de Municipios y Provincias:

Titular: César López Arribas.

Suplente: Miguel Fernández Solís.

– En representación del Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios:

Titular: Rosa Rodríguez Vales-Villamarín.

Suplente: Yolanda Pérez Rivera.

– En representación del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Galicia:

Titular: José Antonio Rivas Paz.

Suplente: Rogelio Villar Gantes.

– En representación del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia:

Titular: Manuel Aurelio Colmenero Guzmán.

Suplente: Rocío Lourenco Presa.

– En representación del Colegio Notarial de Galicia:

Titular: Manuel Remuñán López.

Suplente: Mª del Carmen Carreira Simón.

– En representación del Colegio de Economistas de Galicia:

Titular: Carlos Díaz Pérez.

Suplente: Manuel Ángel Ansede Sánchez.

– En representación del Colegio de Ingenieros de Minas del Noroeste de España:

Titular: Pedro Unzueta Martínez.

Suplente: Enrique García Tamargo.

– En representación del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia:

Titular: Eva María Filgueira García.

Suplente: Patricia López González.