La Orden de esta consellería de 21 de febrero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones para los talleres duales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia y se procede a su convocatoria para el año 2022 establece, en su artículo 28.1, que los créditos previstos para su financiación podrán ser incrementados como consecuencia de la asignación o de la redistribución de fondos finalistas para la financiación de los programas de fomento del empleo, con las limitaciones que se puedan establecer en la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, así como en los supuestos previstos en los artículos 30 y 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En consecuencia, existiendo crédito disponible procedente de incorporaciones de crédito y remanentes de otras convocatorias que pueden aplicarse a incrementar el importe del crédito inicialmente previsto para la financiación de las ayudas y subvenciones para los talleres duales de empleo, procede dictar la presente orden de ampliación para poder atender al mayor número de solicitudes posibles, en cumplimiento de lo dispuesto en los preceptos anteriormente citados y con el fin de garantizar una mayor ejecución de los fondos finalistas.
Por todo lo expuesto y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONGO:
Artículo 1. Ampliación del crédito presupuestario
Se amplía el importe total del crédito para la financiación de las ayudas previstas en la Orden de esta consellería de 21 de febrero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones para los talleres duales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia y se procede a su convocatoria para el año 2022, en una cuantía de 3.600.000,00 euros para la anualidad de 2022 y de 6.700.000,00 euros para la anualidad de 2023, en la aplicación presupuestaria 11.05.322A.460.2 (código de proyecto 2014 00543), así como en un importe de 200.000,00 euros para el año 2023, en la aplicación presupuestaria 11.05.322A.460.1 (código de proyecto 2014 00543).
Artículo 2. Plazo de solicitudes
Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida Orden de 21 de febrero de 2022 para la presentación de solicitudes.
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 7 de septiembre de 2022
María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Promoción del Empleo e Igualdad