Expediente: IN407A 2022/013-4.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación: reforma LMT DC ROS809-ROS806 en A Gándara.
Ayuntamiento: A Guarda.
Hechos:
Primero. El 21 de enero de 2022, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada reforma LMT DC ROS809-ROS806 en A Gándara.
Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad las siguientes actuaciones en el lugar de A Gándara, en la parroquia de Salcidos, en el municipio de A Guarda (Pontevedra):
Sustitución de tres apoyos de hormigón por otros tres de celosía en el doble circuito aéreo de las líneas de media tensión ROS809-ROS806, en los tramos ROS8090045-ROS8060038. En concreto, se sustituye el apoyo 9QDXKONP//D18 por un C-1000/14, el 9QE0C5NO//D19 por un C-2000/16 y el 9QE43CT2//D20 por C-1000/14.
Tendido de dos vanos en conductor LA-110 desde el apoyo proyectado C-1000/14 hasta el apoyo proyectado C-1000/14.
Tendido de un vano en conductor LA-56 desde el apoyo proyectado C-1000/14 hasta el apoyo existente 9QDSCLB9//D18-A1.
Instalación de una línea de media tensión subterránea (LMTS) de 22 metros de longitud en conductor tipo RHZ1.
Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de A Guarda y la Agencia Gallega de Infraestructuras.
Los organismos no emitieron condicionado técnico, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la citada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que le corresponda otorgar.
Tercero. Mediante el escrito de 9 de febrero de 2022, esta jefatura territorial notificó la solicitud de la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la referida instalación eléctrica a las personas que figuran afectadas por la declaración de utilidad pública de acuerdo con la relación de bienes y derechos aportada por la empresa promotora.
En aquellos casos en los que no fue posible efectuar notificaciones, el 24 de febrero de 2022 y el 10 de marzo de 2022 se publicó el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Galicia y el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado, respectivamente, con la finalidad de realizar la notificación por comparecencia.
Cuarto. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 9 de febrero de 2022 publicada en los siguientes medios:
DOG (Diario Oficial de Galicia): 3 de marzo de 2022.
Periódico Faro de Vigo: 25 de febrero de 2022.
Tablón de anuncios del Ayuntamiento de A Guarda desde el 11 de febrero hasta el 26 de marzo de 2022.
Durante el mencionado trámite no se recibieron alegaciones.
Consideraciones legales y técnicas:
Primero. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG nº 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero).
Segundo. La legislación de aplicación al presente expediente es:
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.
Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.
Tercero. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:
Línea de media tensión aérea (LMTA) a 20 kV doble circuito (ROS809 y ROS806), con conductor LA-110, de 183 de longitud cada circuito, ambos con origen en el apoyo proyectado C-1000/14 (punto 1) y final en el apoyo proyectado C-1000/14 (punto 3). LMTA a 20 kV (ROS809) con conductor LA-56, de 9 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-1000/14 en el punto 1 y final en el apoyo existente 9QDSCLB9//D18-A1 de la derivación al centro de transformación (CT) Lomba. LMTS a 20 kV, con conductor RHZ, de 22 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-2000/16 en la ROS809 y final en la LMTS existente al CT JM Sesto Salcidos. La instalación está situada en A Gándara, Salcidos, A Guarda.
Conforme con todo lo indicado,
RESUELVO:
Primero. Otorgar a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada Reforma LMT DC ROS809-ROS806 en A Gándara (expediente IN407A 2022/013-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.
Segundo. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Pontevedra, 5 de septiembre de 2022
Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra