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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Viernes, 30 de septiembre de 2022 Pág. 51994

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

ORDEN de 27 de septiembre de 2022 por la que se amplían el plazo de justificación de las inversiones y la dotación presupuestaria establecidas en la Orden de 30 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios del período 2014-2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2022 (código de procedimiento MR340A).

La Orden de 30 de diciembre de 2021 (publicada en el DOG de 7 de febrero de 2022) establece las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios del período 2014-2020 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2022.

En su artículo 14 (resolución), se indica que la fecha máxima para justificar la inversión, incluidos su facturación y pago efectivo, así como la presentación de la documentación necesaria para tramitar el cobro de la subvención correspondiente, no podrá superar en cada anualidad la fecha de 10 de octubre.

La crisis de suministros industriales existente a nivel mundial causada por la inestabilidad del comercio internacional, condicionado por la salida de la pandemia de la COVID-19 y el reciente conflicto en el este de Europa, está afectando a los plazos de entrega de maquinaria y bienes de equipo contratados por las industrias agroalimentarias. Esta circunstancia dificulta el cumplimiento de los plazos de ejecución de inversiones declarados por las empresas que solicitaron ayudas, en particular para la ejecución de las inversiones previstas para la anualidad de 2022.

Debido a lo indicado, se considera conveniente en la convocatoria de ayudas para 2022 ampliar el plazo de justificación de las inversiones de la anualidad 2022.

Por otra parte, en el artículo 34 «Financiación» de la referida orden, relativo a la financiación de estas ayudas, se detalla en su apartado 1 la aplicación presupuestaria destinada a financiar las subvenciones de la convocatoria, así como el importe económico previsto para cada uno de los ejercicios presupuestarios establecidos. En este artículo se señala además que los importes indicados se podrán incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

La generación del crédito correspondiente permite la ampliación de los fondos inicialmente previstos, siendo además necesaria esta ampliación a la vista de las solicitudes de subvención presentadas.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1. Ampliación del plazo de justificación de inversiones de la anualidad 2022

La fecha máxima para justificar las inversiones subvencionadas mediante la Orden de 30 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios del período 2014-2020 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2022 (código de procedimiento MR340A), correspondientes a la anualidad 2022, incluidos su facturación y pago efectivo, así como la presentación de la documentación necesaria para tramitar el cobro de la subvención correspondiente, será el día 10 de noviembre de 2022.

Artículo 2. Ampliación de la dotación presupuestaria

Se amplía la dotación presupuestaria destinada a financiar las subvenciones que se establece en la Orden de 30 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios del período 2014-2020 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2022 (código de procedimiento MR340A), en los siguientes importes:

Concepto presupuestario

Código de proyecto

Anualidad 2022 (€)

Anualidad 2023 (€)

Anualidad 2024 (€)

14.04.741A.770.0

201600195

3.332.784

5.393.882

2.841.490

Conforme a eso, la dotación presupuestaria para las anualidades 2022, 2023 y 2024 del proyecto 201600195 destinado a financiar las subvenciones de esta orden es la siguiente:

Concepto presupuestario

Código de proyecto

Anualidad 2022 (€)

Anualidad 2023 (€)

Anualidad 2024 (€)

14.04.741A.770.0

201600195

14.332.784

17.893.882

6.341.490

Artículo 3. Plazo de solicitud

Las modificaciones introducidas en esta orden no afectan al plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 30 de diciembre de 2021 citada.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de septiembre de 2022

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural