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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 13 de octubre de 2022 Pág. 54725

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2022, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se conceden la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ferrol (expediente IN407A 2022/076-1).

Expediente: IN407A 2022/076-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: adecuación del CT Serantellos-15CN13.

Ayuntamiento: Ferrol.

Hechos:

1. El 11 de marzo de 2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada, con la finalidad de mejorar la calidad de suministro eléctrico en el lugar de Serantellos de la parroquia de Serantes, ayuntamiento de Ferrol.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proxecto de ejecución denominado adecuación del CT Serantellos-15CN13, firmado por Rubén Fervenza Nicolás, ingeniero técnico industrial, nº de colegiado 4684 de Vigo, el 28.2.2022.

– Anexo, firmado por Javier Fernández Mitre, ingeniero industrial, nº colegiado 15.670 de Madrid, el 7.6.2022.

– Anexo, firmado por Rubén Fervenza Nicolás, ingeniero técnico industrial, nº de colegiado 4684 de Vigo, el 21.7.2022.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme a los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado, a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, de una separata del proyecto, en la parte en que la instalación pudiera afectar a bienes y derechos a su cargo, que contiene las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente. Se solicitó el preceptivo informe al Ayuntamiento de Ferrol. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. En fecha de 31 de agosto de 2022 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban elReglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

Reforma del CT Serantellos (15CN13, IN407A 2016/2663-1) de 400 kVA y relación de transformación 15.000/400 V:

– Instalación de dos (2) celdas modulares de línea (1 telecontrolada) y 1 celda modular de protección (2L1P), todas de tipo aislamiento SF6.

– Desmantelamiento de celdas convencionales de aparataje al aire, sus elementos de corte, ballenas de cobre, herrajes y aisladores cerámicos.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada deberá presentar, ante esta jefatura territorial, una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje, en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 19 de septiembre de 2022

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña