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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Lunes, 17 de octubre de 2022 Pág. 55238

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2022 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones concedidas al amparo de la Resolución de 15 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la comercialización y difusión de proyectos y obras audiovisuales gallegas en foros de negocio especializados y eventos de cine que se celebran fuera de Galicia, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT404D).

El 30 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 187 la Resolución de 15 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la comercialización y difusión de proyectos y obras audiovisuales gallegas en foros de negocio especializados y eventos de cine que se celebran fuera de Galicia, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT404D).

La base decimooctava, punto 1, establece que los plazos máximos de justificación de la subvención serán de un mes desde la fecha de notificación de concesión de la subvención, con las fechas máximas siguientes:

– Hasta el 10 de octubre de 2002 para aquellos eventos que tengan lugar hasta el 30 de septiembre de 2022.

– Hasta el 20 de noviembre de 2022 para aquellos eventos que tengan lugar entre el 1 de octubre de 2022 y el 15 de noviembre de 2022.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con eso no se perjudiquen derechos de terceros.

El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

En consecuencia, teniendo en cuenta que el plazo de publicación fue el día 30 de septiembre de 2022 y que el plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el día 2 de noviembre de 2022, parece procedente cambiar las fechas máximas de justificación hasta el 20 de noviembre de 2022 (eventos que tengan lugar hasta el 30 de septiembre de 2022) y el 3 de diciembre de 2022 (eventos que tengan lugar entre el 1 de octubre de 2022 y el 15 de noviembre de 2022.)

Por las razones antes expuestas,

RESUELVO:

Modificar las fechas límites de justificación establecidas en la base decimoctava, punto 1, de la Resolución de 15 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la comercialización y difusión de proyectos y obras audiovisuales gallegas en foros de negocio especializados y eventos de cine que se celebran fuera de Galicia, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT404D), ampliando los plazos para presentar la documentación justificativa, hasta las siguientes fechas:

– 20 de noviembre de 2022, para los eventos que tengan lugar hasta el 30 de septiembre de 2022.

– 3 de diciembre, para los eventos que tengan lugar entre el 1 de octubre de 2022 y el 15 de noviembre de 2022.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 6 de octubre de 2022

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales