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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Miércoles, 30 de noviembre de 2022 Pág. 61752

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2022 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Suafer I.

Visto el expediente instruido, resulta:

a) Antecedentes de hecho:

Mediante escrito de 24 de octubre de 2022, Ana María Trigo Rouco solicitó autorización para la transmisión de la concesión administrativa y de la batea Suafer I.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, y con la Orden de 21 de febrero de 2022 de delegación de competencias en diversos órganos de dirección de la Consellería del Mar y en la Presidencia de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia.

Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea siguiente:

Nombre: Suafer I.

Situación:

Cuadrícula nº: 30.

Polígono: A.

Distrito: Redondela (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 28.6.1958.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Ana María Trigo Rouco (***3852**).

Nuevos titulares: Carlos Trigo Fervenza (***3042**) y Ana María Rouco González (***3224**).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. La actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la Consellería.

Tercera. Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones de la anterior desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 8 de noviembre de 2022

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo