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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Jueves, 5 de enero de 2023 Pág. 1457

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 13 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los costes derivados de la instalación de vallados fijos como medida de prevención de los daños que pueda ocasionar el lobo y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MT809F).

BDNS (Identif.): 664732.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Se podrán acoger a estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas del tipo de ganado bovino, ovino, caprino, porcino de la raza Celta y equino que figuren incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega) de Galicia.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las personas titulares de explotaciones ganaderas afectadas por los ataques de lobo, con la finalidad de fomentar la aplicación de medidas de protección, para lo cual se incentiva la adquisición de elementos preventivos (vallados fijos) de los daños que puedan ocasionar esta especie, y convocarlas para el año 2023 (procedimiento MT809F).

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 13 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los costes derivados de la instalación de vallados fijos como medida de prevención de los daños que pueda ocasionar el lobo y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MT809F).

Cuarto. Cuantía

Las ayudas concedidas al amparo de esta orden serán financiadas por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda con un importe total de cuatrocientos mil euros (400.000 €).

Se subvencionará la adquisición e instalación de vallados fijos:

a) Vallados fijos electrificados.

El importe máximo de la ayuda será de 3,5 € por metro lineal hasta un máximo de 1.750 € por vallado, IVA excluido.

b) Vallados fijos con malla ganadera o cinegética metálica.

El importe máximo de la ayuda será de 4,5 € por metro lineal hasta un máximo de 4.500 € por vallado, IVA excluido.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el DOG.

Santiago de Compostela, 13 de diciembre de 2022

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda