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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 27 de enero de 2023 Pág. 9749

III. Otras disposiciones

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2023, conjunta de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, por la que se convoca el Plan de formación continua para el personal del Servicio Gallego de Salud.

Los conocimientos y capacidades de los/las profesionales del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y Servicio Gallego de Salud determinan, en gran medida, la calidad de los servicios sanitarios dispensados a las personas usuarias.

En este sentido, la formación continua se muestra como una de las herramientas más adecuadas para mejorar y adecuar, por la vía de la capacitación de los/las profesionales, los servicios sanitarios a las demandas de las personas usuarias.

A tal fin, ya en años anteriores fueron aprobados y ejecutados, en el marco de los acuerdos de formación continua, los planes de formación continua del personal del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y Servicio Gallego de Salud. Los citados planes tuvieron un alto grado de participación y aceptación por parte del personal y abarcaron la totalidad de las profesiones que se desarrollan en el organismo.

A través de los planes formativos se busca fomentar el aprendizaje permanente de los/las profesionales e impulsar el desarrollo de las competencias profesionales a lo largo de su carrera profesional.

El plan de formación es un instrumento que contribuye decisivamente a la actualización de los conocimientos y competencias de los/las profesionales, teniendo la formación un papel relevante en el baremo ordinario de carrera profesional que será aplicable en las próximas convocatorias para acceder a nuevos grados de carrera profesional.

El plan diseñado para el año 2023 integra una oferta formativa amplia y especializada, que incluye tanto contenidos de carácter transversal como específicos de los distintos puestos de trabajo y perfiles profesionales, permitiendo a los/las profesionales mejorar su cualificación y capacitación profesional.

El plan supone una apuesta por los diferentes entornos de aprendizaje y metodologías, mediante la distribución de la oferta formativa en las modalidades de teleformación, telepresencia, autoformación y formación presencial, que será impartida respetando todos los protocolos higiénico-sanitarios. Con la apuesta por las modalidades de formación telemática, se pretende facilitar el acceso a la formación y promover la conciliación de los/las profesionales. Se busca generar entornos de aprendizaje que faciliten un desarrollo de competencias profesionales de los/las profesionales que sea flexible, adaptativo, evaluable y certificable.

El Plan formativo para el año 2023 contará con 526 actividades.

En lo que se refiere a horas de formación la programación para este año será de 6.100 horas lectivas. De esta formación, 206 actividades corresponden a la modalidad de teleformación, 13 serán actividades mixtas, 4 de telepresencia y 268 serán actividades presenciales, de las que 28 serán impartidas en las aulas de simulación médica avanzada.

Además, el plan de este año contempla 35 actividades disponibles durante todo el año y cada una de ellas con plazas ilimitadas.

El Plan de formación para el año 2023 representa una clara apuesta por el desarrollo profesional del personal del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y Servicio Gallego de Salud, y pretende potenciar aquellas competencias que resultan esenciales en el marco de la asistencia sanitaria.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS), creada por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, tiene como uno de sus fines generales y objetivos básicos la gestión de la formación en el Sistema público de salud de Galicia. Por otra parte, a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud le corresponde la negociación del contenido del plan con las organizaciones sindicales, así como la negociación y aprobación de los criterios de selección de los participantes en las distintlas actividades formativas.

Este plan fue impulsado en su diseño y elaboración por la Dirección General de Recursos Humanos y la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS) a través del Consejo de Formación Continua, compuesto por representantes del Servicio Gallego de Salud, de la ACIS y de las organizaciones sindicais CIG, CC.OO., UGT y CSI-F, firmantes del acuerdo de formación continua.

Como resultado del análisis de necesidades formativas, que se lleva a cabo con la participación de los/las profesionales y los mandos intermedios de todas las categorías y áreas sanitarias, el área de Gestión del Conocimiento y Talento de la ACIS elaboró una propuesta de actividads formativas que se presentó en el seno del Consejo de Formación Continua del Servicio Gallego de Salud.

Por todo ello y con la finalidad de dar a la formación la continuidad adecuada que la haga realmente efectiva, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, previo informe favorable de las centrales sindicales CIG, CC.OO., UGT y CSI-F, junto con la ACIS, resuelve hacer pública la convocatoria para participar en las actividades formativas que conforman el Plan de formación continua del personal del Servicio Gallego de Salud para el año 2023, elaborado en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (Plan Afedap), que se deberá resolver conforme a las bases que a continuación se indican.

La ejecución de las actividades formativas recogidas en este plan queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible.

Bases

Primera. Requisitos de participación

Podrán participar en las acciones formativas del Plan Afedap todas/os las/los profesionales que presten o hayan prestado servicios en las instituciones del Servicio Gallego de Salud, las/los profesionales que estén formándose como especialistas en Ciencias de la Salud (personal residente en formación), las/los aspirantes a vinculaciones temporales en el ámbito de las instituciones del Sistema público de salud de Galicia, al amparo del Pacto de selección temporal vigente en cada momento, así como el personal perteneciente a las entidades adscritas a la Consellería de Sanidad y Servicio Gallego de Salud, integrado en el régimen estatutario.

Las personas interesadas en participar en las actividades formativas deberán cumplir los requisitos exigidos para cada curso.

No podrán participar en las actividades formativas presenciales las personas solicitantes incluidas en el listado de personal seleccionado que, al inicio del curso, se encuentren en situación de baja laboral por incapacidad temporal. Esta incidencia la comunicará, por escrito, la persona afectada a la ACIS, a efectos de cubrir la vacante y evitar la penalización que comportaría su falta de comunicación, prevista en la cláusula sexta.

El personal que esté disfrutando de un permiso por parto, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, adopción internacional o excedencia para el cuidado de hijos y familiares podrá participar en las actividades formativas, conforme establecen los artículos 121, 122 y 176.7 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y la disposición adicional decimonovena, punto trece, de la Ley orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda. Solicitudes

Las personas que deseen participar en las actividades formativas convocada en esta resolución deberán cumplimentar el formulario de preinscrición telemática en la página web de la ACIS (http://acis.sergas.es).

La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ninguna outra actividad formativa en los doce meses siguientes. La ACIS reserva para sí el derecho a solicitar la información necesaria para verificar tales datos.

Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan consignados correctamente los datos necesarios para realizar el proceso selectivo de las personas solicitantes.

Aun así, durante el plazo de inscripción, en caso de error al cubrir la solicitud, podrá anularse esta, utilizando el procedimiento establecido en la base sexta de esta convocatoria y realizar, en su caso, una nueva petición (sin superar el máximo de las seis inscripciones anuales permitidas).

Ante eventuales incidencias, las/los aspirantes deberán imprimir una copia del formulario de preinscripción enviado telematicamente o conservar el que hayan recibido en su correo electrónico, para lo cual deberán prestar especial atención en la consignación de datos, comprobando que la dirección de correo electrónico esté correctamente consignado.

Las/los profesionales incluidos en el artículo 93 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, y en la disposición adicional decimonovena de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, además de las personas discapacitadas, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deseen que se les tenga en cuenta, a efectos de lo dispuesto en la base cuarta, deberán remitir, en el plazo establecido para el envío de la solicitud de preinscripción, la certificación original o fotocopia legalizada acreditativa de su situación a la siguiente dirección:

Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS), avenida Fernando de Casas Novoa, Edificio CNL, nº 37, portal A, 1ª planta, 15707 Santiago de Compostela (A Coruña).

La consignación de los datos de la solicitud y su envío telemático no implicarán la admisión inmediata a la actividad formativa seleccionada, que se producirá en los términos indicados en la cláusula quinta.

Solo se podrá solicitar la participación en un máximo de seis actividades formativas por año.

Tercera. Plazos de inscripción

A partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta un mes antes del inicio de cada actividad formativa.

Cuarta. Criterios de selección de participantes

Los criterios de selección para participar en las acciones formativas convocadas al amparo del Plan de Formación Continua para el personal del Servicio Gallego de Salud serán los que a continuación se detallan, teniendo en cuenta que, en todo caso, se reservará en cada actividad formativa una cuota del 5 % para ser cubierta por personas discapacitadas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que puedan acreditarlo y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria para cada actividad:

1. Resultar, la persona solicitante, destinataria de la concreta actividad formativa, de conformidad con lo establecido en el anexo para cada curso.

2. Una vez aplicado el criterio anterior, si existen más solicitudes que plazas, tendrán prioridad las/los aspirantes que realicen tareas más directamente relacionadas con el contenido básico y objetivos del curso. Con esta finalidad, en la solicitud deberán detallarse las tareas que sean más representativas del puesto de trabajo y que guarden relación específica con los contenidos de la actividad; no se valorarán las funciones que no hayan sido indicadas.

3. Menor número de cursos realizados en los cinco años anteriores.

4. Tendrán prioridad los/las profesionales con vínculo fijo sobre los temporales.

5. Tendrán prioridad los/las empleados públicos que acrediten mayor tiempo de servicios prestados en el ámbito de instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea. Este dato se facilitará directamente a la ACIS de las bases de datos de personal. La persona solicitante deberá hacer llegar únicamente, en los plazos establecidos para el envío de las solicitudes de preinscripción, certificación original o copia compulsada de los servicios prestados fuera del Sistema Público de Salud de Galicia, que deberá ser remitida a la Dirección de la Agencia.

6. En cada uno de los tres apartados anteriores, tendrán preferencia en la selección las/los aspirantes que en los últimos dos años estén utilizando o hayan utilizado una licencia de maternidad, un permiso de paternidad, una reducción de jornada o una excedencia para cuidado de familiares, de acuerdo conl lo previsto en el artículo 93 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero.

Asimismo, tendrán preferencia para participar en las actividades formativas las/los aspirantes que, durante el año anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria, se hayan incorporado al servicio activo procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guardia legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60.1 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Además, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad en los cursos, jornadas u otras actividades formativas organizadas o financiadas por la Administración pública gallega se reservará un cincuenta por ciento de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, que accederán al turno reservado solo si no hubiese suficientes solicitudes de participación de mujeres.

7. Por último, en el caso de empate, se resolverá por sorteo.

8. En el caso de quedar plazas vacantes, también podrán participar en las acciones formativas del Plan Afedap las/los profesionales que estén formándose como especialistas en Ciencias de la Salud (personal residente en formación).

Los créditos concedidos por el Sistema acreditador de la formación Ccntinuada de las profesiones sanitarias en la Comunidad Autónoma de Galicia no son aplicables a los profesionales que estén formándose como especialistas en Ciencias de la Salud (personal residente en formación) a los efectos de su programa formativo.

9. La ACIS podrá ofrecer a las/los admitidas/os en una actividad formativa anulada, su incorporación voluntaria en otra edición de esa misma actividad, siempre que en esta última haya vacantes. En este supuesto, el llamamiento a las/los admitidas/os será por el orden de admisión de la actividad anulada.

Quinta. Publicación de los listados de admitidos/as

Una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web de la ACIS el listado provisional de admitidas/os y excluidas/as en la acción formativa concreta, así como las causas de su exclusión.

Además, se enviará un SMS a modo de recordatorio a las/los admitidas/os en cada acción formativa, siempre que se disponga en la base de datos de la ACIS de un número de teléfono móvil. Estos mensajes son simplemente informativos y no eximen a las/los aspirantes de consultar la página web de la ACIS.

Las/los aspirantes excluidas/os dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del listado provisional, para poder emendar, en su caso, el defecto o defectos que hayan motivado la exclusión y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.

Una vez finalizado el plazo y resueltas por la ACIS las reclamaciones presentadas, previo informe de la Comisión Paritaria respectiva, en su caso, se publicará en la página web de la ACIS, con una antelación mínima de cinco días naturales al inicio del curso, el listado definitivo de admitidas/os y excluidas/os.

En ningún caso se admitirá la asistencia de personas en la condición de oyentes.

Sexta. Anulación de reserva

Si la/el aspirante seleccionada/o para la realización de una actividad formativa decide no asistir a ella, deberá comunicar su renuncia a través de la página web de la ACIS con una antelación mínima de cuatro días naturales a la fecha fijada para el inicio de la citada actividad, sin contar ese día de inicio.

De no hacerlo así, y excepto motivo justificado, basado en causa de fuerza mayor o acontecimiento imprevisible, no será admitida/o en ninguna otra actividad formativa en el transcurso de los doce meses siguientes.

Séptima. Certificación de asistencia

Los/las profesionales que superen las actividades en que sean admitidos tendrán a su disposición la certificación, que podrán visualizar en su expedient-e (Fides), que estará validada de manera automática. Las certificaciones se emitirán en formato digital y cada persona podrá descargalas desde su perfil de la ACIS.

Asimismo, estarán disponibles en formato digital desde el perfil ACIS (https://acis.sergas.es/cartafol/O-meu-perfil) las certificaciones de todas las actividades formativas realizadas con posterioridad a 1 de enero del año 2009. Se podrán emitir certificaciones de años anteriores al 2009 en los casos en que sea solicitado por la persona interesada, vía correo electrónico (certificacions.acis@sergas.es) y justificando el motivo de esta solicitud.

Para considerar que la acción formativa se ha superado, tiene que constatarse la asistencia a las horas lectivas con una ausencia máxima del 10 % de su duración, si la actividad formativa tiene una duración superior a cuatro horas. Para ello, durante el desarrollo de la actividad, las personas participantes deberán firmar en los controles de entrada y salida que se establezcan. En el caso de las actividades con una duración inferior o igual a cuatro horas, la asistencia deberá ser del 100  %. Además, en el supuesto de que los cursos exijan la realización de alguna prueba o trabajo, se les expedirá el certificado únicamente a las/los alumnas/os que la superen.

En el caso de actividades formativas que tengan una parte de teleformación, se deberán completar los contenidos, pruebas o tareas que se incluyan según se indica en la guía que recibirá la/el alumna/o antes del inicio del curso.

Aquellas personas que no hayan obtenido la certificación podrán solicitar la revisión de su caso siempre que el curso hubiese sido impartido en el año inmediatamente anterior.

Santiago de Compostela, 17 de enero de 2023

Ana María Comesaña Álvarez
Directora general de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud

Antonio Fernández-Campa García-Bernardo
Gerente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud