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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 21 Martes, 31 de enero de 2023 Pág. 10559

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ANUNCIO de 11 de enero de 2023 por el que se notifican las resoluciones de expedientes sancionadores por incumplimiento de las medidas de prevención y contención en materia sanitaria del Ayuntamiento de O Carballiño (expediente SCOVID/OCARBALLIÑO/0424 y cuatro más).

El Ayuntamiento de O Carballiño dictó resolución de los expedientes sancionadores SCOVID/OCARBALLIÑO/0424 y cuatro más por vulneración de la normativa sanitaria.

Intentada la notificación de las resoluciones por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en los correspondientes expedientes sancionadores, estas fueron devueltas por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación de las resoluciones dictadas en los procedimientos sancionadores en materia sanitaria a las personas interesadas que figuran en el anexo se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia.

Dado que en este acto no se publican en su integridad las notificaciones referidas, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el texto íntegro de los actos que se notifican están a disposición de las personas interesadas, junto con el resto del expediente, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, en las oficinas municipales del Ayuntamiento de O Carballiño, situadas en la plaza Maior, 1, O Carballiño, (Ourense), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes. Se advierte a las personas interesadas que, de no comparecer en el referido plazo, la notificación se entenderá producida, a todos los efectos, el día siguiente al del vencimiento del plazo.

Las resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra ellas cabe recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción en la que el demandante tenga su domicilio o aquella en la que se encuentre la sede del órgano autor del acto originario impugnado (entendiéndose limitada esta posibilidad de elección solo a los juzgados que se encuentren dentro de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Galicia), de acuerdo con lo establecido en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada norma legal o, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Alcaldía del Ayuntamiento de O Carballiño, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.

Este anuncio se realiza al amparo de lo establecido en el convenio firmado el 27 de noviembre de 2020 entre la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp) para articular la encomienda de gestión a la Xunta de Galicia para la realización de actuaciones auxiliares y de colaboración material en la tramitación de los procedimientos sancionadores competencia de los ayuntamientos de Galicia, en relación con el incumplimiento de las medidas de prevención aprobadas para la lucha contra la COVID-19.

Santiago de Compostela, 11 de enero de 2023

Sonia Romero Doniz
Funcionaria de la unidad tramitadora

ANEXO

Número de expediente

DNI/CIF de la

persona interesada

Infracción imputada

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

SCOVID/OCARBALLIÑO/0424

45166807M

Incumplimiento de la limitación de permanencia de grupos de personas no convivientes en espacios de uso público o privado

Artigo 41.g) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.1 y 44.2 de la Ley 8/2008

Caducidad

SCOVID/OCARBALLIÑO/0432

49706884C

Incumplimiento de la limitación de permanencia de grupos de personas no convivientes en espacios de uso público o privado

Artigo 41.g) de la Ley 8/2008, de.10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.1 y 44.2 de la Ley 8/2008

Caducidad

SCOVID/OCARBALLIÑO/0467

49710033H

Incumplimiento de las medidas de prevención aprobadas por la autoridad sanitaria consistentes en limitaciones a las agrupaciones de personas en reuniones y/o encuentros, tanto en el ámbito privado como público, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artigo 41.bis.f) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis de la Ley 8/2008

Caducidad

SCOVID/OCARBALLIÑO/0483

49710798R

Incumplimiento de las medidas de prevención aprobadas por la autoridad sanitaria consistentes en limitaciones a las agrupaciones de personas en reuniones y/o encuentros, tanto en el ámbito privado como público, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artigo 41.bis.f) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis de la Ley 8/2008

Caducidad

SCOVID/OCARBALLIÑO/0532

44461817B

Incumplimiento de las medidas de prevención aprobadas por la autoridad sanitaria consistentes en limitaciones a las agrupaciones de personas en reuniones y/o encuentros, tanto en el ámbito privado como público, si las repercusiones producidas tuvieron una incidencia escasa o sin trascendencia directa en la salud de la población

Artigo 41.bis.f) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia

Artículo 44.bis de la Ley 8/2008

Caducidad