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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 1 de febrero de 2023 Pág. 10615

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 10/2023, de 19 de enero, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Ourense, de un tramo de la carretera OU-540, junto con su dominio público viario (DPV).

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados mediante decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El 30.11.2018 se firmó el Protocolo de colaboración entre la Consellería de Infraestructuras y Movilidad y el Ayuntamiento de Ourense para la mejora de las carreteras autonómicas en dicho ayuntamiento. En el protocolo el Ayuntamiento se compromete a asumir la titularidad de la calle Marcelo Macías, correspondiente al tramo de la OU-540 comprendido entre el p.k. 0+000 y el p.k. 1+320 (paso bajo la N-525), con una longitud de 1.320 metros, una vez finalizadas las obras.

El 14.6.2022 se firmó el acta de recepción de la obra de reparación de servicios y firme en la calle Marcelo Macías de Ourense, de clave OU/18/138.02.

La carretera OU-540 tiene una longitud de 68.960 metros y en su tramo inicial, del p.k. 0+000 al p.k. 1+320, pertenece al subtramo Ourense-Celanova, categorizado funcionalmente por el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia como red local.

El tramo inicial de la carretera OU-540 a transferir cumple con el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, que estipula que estos solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cuando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forme parte sin que exista una alternativa vial, existente o planificada, para todos ellos que proporcione un nivel de servicio al equivalente, a través de la red de carreteras de la Administración cedente o de las redes de carreteras de titularidad de Administraciones de mayor ámbito territorial.

Se trata de un tramo que discurre, en su mayor parte (hasta el p.k. 1+080), por suelo clasificado como urbano por el instrumento de planeamiento urbanístico vigente en el Ayuntamiento de Ourense, con un marcado carácter local y urbano. Sin embargo, en su p.k. 1+150 da comienzo la zona del enlace con la carretera N-525 y en su p.k. 1+220 tiene su inicio la carretera provincial OU-0519, que da acceso a la capitalidad municipal del ayuntamiento de Toén; por lo tanto, desde el punto de vista de la planificación, y por razones de continuidad y jerarquía entre redes, se entiende que solamente sería susceptible de transferirse al Ayuntamiento de Ourense el tramo de la carretera OU-540 comprendido entre el p.k. 0+000 y el p.k. 1+150.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, vistos los informes emitidos por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día diecinueve de enero de dos mil veintitrés,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Ourense, del tramo de la carretera OU-540, junto con su dominio público viario (DPV):

Clave

Treito a transferir

P.K.i

Coordenadas UTM (ETRS89)

P.K.f

Coordenadas UTM (ETRS89)

OU-540

Ourense-Ourense (N-525)

0+000

X= 593.482

Y= 4.687.197

1+150

X= 592.508

Y= 4.686.603

– Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, en el sentido de reflejar este cambio de titularidad, corrigiendo la nomenclatura, los datos y la geometría de la carretera OU-540, que quedaría de la siguiente forma:

Clave

Denominación

Tramo

P.K.i

P.K.f

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase

de carretera

Provincia

OU-540

Ourense (N-525)-Frontera

de Portugal (A Madalena)

Ourense (N-525)-Celanova

1+150

24+200

23,05

67,81

Local

Carretera

convencional

Ourense

OU-540

Ourense (N-525)-Frontera de Portugal (A Madalena)

Celanova (OU-531)-Caseta de Ansemil

25+470

27+970

2,50

67,81

Local

Carretera

convencional

Ourense

OU-540

Ourense (N-525)-Fronteira de Portugal (A Madalena)

Caseta de Ansemil-Casal do Bispo (AG-31)

27+970

28+360

0,39

67,81

Complementaria

Carretera

convencional

Ourense

OU-540

Ourense (N-525)-Frontera de Portugal (A Madalena)

Casal do Bispo (AG-31)-Bande

28+360

39+560

11,20

67,81

Estructurante

Carretera

convencional

Ourense

OU-540

Ourense (N-525)-Frontera de Portugal (A Madalena)

Vilameá-Frontera de Portugal (A Madalena)

41+240

71+910

30,67

67,81

Estructurante

Carretera

convencional

Ourense

El documento del Catálogo y sus modificaciones posteriores se podrán consultar en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Ourense deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos podrán consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 4

Corresponden al Ayuntamiento de Ourense, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de este tramo, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diecinueve de enero de dos mil veintitrés

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad