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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 1 de febrero de 2023 Pág. 10727

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2023 por la que se modifica la Resolución de 10 de marzo de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la producción y coproducción de proyectos audiovisuales gallegos, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT207A).

La Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, incluye la aplicación presupuestaria 37.01.941O.45405, denominada Promoción de la cinematografía en lenguas cooficiales, por importe de 10.500.000 euros, cuya finalidad es la transferencia a los organismos competentes de las comunidades autónomas para atender al fomento y protección del uso de las lenguas cooficiales distintas del castellano en la cinematografía y el audiovisual.

Para dar cumplimiento a lo establecido en dicha ley, en fecha 6 de diciembre de 2022 se publica en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 28 de noviembre de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), por la que se publica el convenio con la Agencia Gallega de las Industrias Culturales (Agadic), por el que se canaliza la concesión directa de ayudas para fomentar la producción, distribución, exhibición y promoción de la industria cinematográfica y audiovisual en lengua cooficial distinta del castellano en el año 2022.

La cláusula cuarta de este convenio determina que los compromisos de la entidad beneficiaria serán:

«– Convocar y conceder ayudas en concurrencia competitiva o directas para el fomento de la producción, distribución, exhibición y promoción del audiovisual en gallego durante el ejercicio 2022.

– Realizar actuaciones de promoción, cuando proceda, desde la entidad beneficiaria conforme a sus competencias.

– Reconocer las obligaciones y haber efectuado el pago antes del 1 de diciembre de 2023».

La Agencia Gallega de las Industrias Culturales tiene publicada y concedida una línea de ayudas para la producción y coproducción de proyectos audiovisuales gallegos y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento CT207A), que se adapta a los criterios y finalidades que persigue el convenio firmado con el ICAA.

Sin embargo, en el momento de la publicación de esta línea de ayudas, a pesar de que estaba comprometido en los presupuestos generales del Estado, no estaba firmado, ni publicado el instrumento jurídico que permite canalizar la colaboración entre el ICAA y Agadic y, por lo tanto, generar el crédito asignado a la Comunidad Autónoma de Galicia cuyo importe asciende a 1.212.805,03 euros.

Por lo expuesto, se proponen la modificación de la fuente de financiación de la línea de ayudas, así como una nueva redistribución de las anualidades, reflejada en el cuadro de financiación, teniendo en cuenta las concesiones realizadas, y la inclusión de nuevos deberes a los adjudicatarios en lo que concierne a la publicidad y difusión de las actuaciones efectuadas con cargo a la ayuda concedida..

Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron concedidas

Resuelvo:

Artículo 1. Modificar el artículo 4, en el apartado 1, que queda redactado como sigue:

«Artículo 4. Financiación

…. El importe global máximo para la financiación de la presente convocatoria será de 2.500.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.770.0 del presupuesto de gasto de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales. Este crédito global contará con financiación de fondos finalistas del Estado para las anualidades 2022 y 2023, por un importe total de 75.793,50 y 579.839,60 euros, respectivamente (código de proyecto 2022 00005), a través del convenio entre Agadic y el ICAA. Las anualidades 2024 y 2025 serán financiadas a través de fondos propios de la Comunidad Autónoma de Galicia (código de proyecto 2010 00005). La distribución de financiación se refleja en el cuadro siguiente:

Aplicación

presupuestaria

Anualidad

Código de proyecto

Fuente de financiación

Importe

10.A1.432B.770.0

2022

2010 00005

FCA

33.421,62 €

109.215,12 €

2022 00005

Fondos finalistas del Estado

75.793,50 €

10.A1.432B.770.0

2023

2010 00005

FCA

84.045,52 €

663.885,12 €

2022 00005

Fondos finalistas del Estado

579.839,60 €

10.A1.432B.770.0

2024

2010 00005

FCA

637.287,36 €

637.287,36 €

10.A1.432B.770.0

2025

2010 00005

FCA

1.089.612,40 €

1.089.612,40 €

Total

2.500.000,00 €

Artículo 2. Modificar el artículo 20, apartados 6 y 7 que quedan redactados como sigue:

«Artículo 20. Obligaciones de las personas beneficiarias

“….. 6. En los títulos de crédito iniciales de la producción deberá figurar en cartón único: “con la subvención de la Xunta de Galicia y del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, utilizando la imagen gráfica corporativa que se descargará de las páginas oficiales de ambos organismos. Asimismo, en todos los materiales de promoción, distribución y publicidad de la obra (carteles, músicas, portadas y otros materiales), se hará constar que la producción fue subvencionada por la Xunta de Galicia y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, utilizando igualmente las marcas principales. Cuando se trate de series de ficción, animación o documentales, la leyenda y la marca figurarán en el primer capítulo y en los créditos finales de los restantes.

7. Hacer constar en su publicidad, incluida la realizada a través de páginas web, o en la información que generen en relación con el proyecto subvencionado, la financiación de sus proyectos por la Xunta de Galicia y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Los costes correspondientes a dicha publicidad correrán a cargo de la persona beneficiaria de la subvención…..”».

Disposición adicional única

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el presidente del Consejo Rector, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final única

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de enero de 2023

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega
de las Industrias Culturales