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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Jueves, 2 de febrero de 2023 Pág. 10890

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2023 por la que se resuelven las solicitudes de subvención destinadas al fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MR323C).

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos vinculados a la fase de instrucción se publicarán en el Diario Oficial de Galicia. Dicha publicación producirá los efectos de la notificación y su fecha será la única válida para el cómputo de los plazos.

La Comisión evaluó las solicitudes y elaboró una relación de solicitudes con la puntuación que corresponde a cada una, en los términos previstos en el artículo 7 de estas bases.

El Servicio de Explotaciones y Asociacionismo Agrario dictó propuesta de resolución con base en este procedimiento a partir de la relación de solicitudes puntuadas, y elevó la propuesta de resolución a Dirección General de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias, la cual resolverá la concesión de las subvenciones por delegación de la persona titular de la consellería.

Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 17 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario a que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.

Por todo lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Conceder las subvenciones para el fomento de la utilización de instalaciones y equipamientos en común en régimen asociativo, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020 (código de procedimiento MR323C) (DOG nº 184, de 27 de septiembre de 2022), a los solicitantes que se relacionan en el anexo I, como consecuencia de la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 7 de la convocatoria, por la cuantías que se reflejan en el anexo, y con cargo a la aplicación presupuestaria: 14.04.712B.772.0, código de proyecto 2016 00384, para los años 2022, 2023 y 2024.

Esta ayuda tiene por finalidad:

i. Mejorar los resultados económicos de las explotaciones agrarias y facilitar su reestructuración y modernización, en particular con el objeto de incrementar su participación y orientación de cara al mercado, así como la diversificación agrícola.

ii. Reducir las emisiones de los gases efecto invernadero y de amoniaco procedentes de la agricultura.

Segundo. Denegar las solicitudes de subvención que se relacionan en el anexo II por no alcanzar la puntuación mínima de 6 puntos necesaria para la concesión de la subvención (tal y como se establece en el artículo 7 de la orden), por no cumplir los requisitos exigidos (como se establece en el artículo 4), por solicitar inversiones no subvencionables (como se establece en el artículo 5) o por desistimiento por no presentar documentación complementaria requerida.

Tercero. Informar a las empresas beneficiarias que figuran en el anexo I de esta resolución de lo siguiente:

a) Las condiciones de aplicación a estas ayudas son, con carácter general, las establecidas en la Orden de esta consellería de 14 de septiembre de 2022 que regula estas ayudas y, supletoriamente, las establecidas en la normativa autonómica, estatal y comunitaria aplicable.

b) Para la concesión de esta ayuda y el establecimiento de sus características se han tenido en cuenta la información y la documentación incluida con la solicitud de ayuda. Toda alteración de las condiciones iniciales para la concesión de las ayudas previstas en la orden de convocatoria y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

c) En su caso, para proceder al pago de la subvención, la empresa beneficiaria deberá aportar justificación documental de la disponibilidad de la licencia de obras de las inversiones solicitadas con fecha límite de entrega la de la solicitud del pago.

d) El plazo máximo de justificación de estas ayudas es hasta el 30 de septiembre de 2024.

e) El período durante el que deben destinar los bienes al fin concreto es de 5 años desde el pago de la ayuda.

f) Para proceder al pago de la subvención, la empresa beneficiaria deberá cumplir las condiciones establecidas en la Orden de 14 de septiembre de 2022 y presentar la documentación indicada en su artículo 28, todo ello sin superar las fechas máximas de justificación indicadas anteriormente.

g) Si el beneficiario de la ayuda cumple las condiciones establecidas en la resolución de concesión, cumpliendo con los requisitos de la resolución de concesión, se abonará la totalidad de la subvención concedida. De lo contrario, se procederá conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Orden de 14 de septiembre de 2022, relativo a incumplimientos.

h) Las obligaciones de las empresas beneficiarias están relacionadas en el artículo 26 de la orden.

i) Conforme a lo dispuesto en el artículo 26.g) de la orden de convocatoria, la empresa beneficiaria de la ayuda deberá mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable acomodado en relación con todas las transacciones relacionadas con los gastos subvencionados, sin perjuicio de las normas generales de la contabilidad, que permita seguir una pista de auditoría suficiente sobre los gastos financiados con este tipo de fondos de recuperación.

j) Estas ayudas proceden del Fondo/programa operativo: Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), con tasa de cofinanciación: 7,5 % por la Administración general del Estado, 17,5 % por la Xunta de Galicia y un 75 % por el fondo Feader.

Plan: Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

Encaje estructural en el plan:

Eje: submedida 4.12 Instalaciones y equipamientos en común.

Prioridad/prioridad de inversión: esta medida se vincula a las prioridades 2 de viabilidad y competitividad de las explotaciones agrícolas, y 5 de economía eficiente en el uso de recursos y resistente al cambio climático.

Dentro de la prioridad 2, en concreto con el 2A: mejorar los resultados económicos de las explotaciones agrarias y facilitar su reestructuración y modernización, en particular el objeto de incrementar su participación y orientación cara al mercado, así como la diversificación agrícola.

Dentro de la prioridad 5, en concreto con el 5D: reducir las emisiones de los gases efecto invernadero y de amoniaco procedentes de la agricultura.

k) Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda de la misma naturaleza, concedida con la misma finalidad o para las mismas inversiones y/o gastos, con excepción de las ayudas correspondientes a garantías para préstamos o derivadas de otros instrumentos financieros comunitarios en las condiciones establecidas en el artículo 37 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Conforme a ello, si para las mismas inversiones se solicita o se concede un préstamo garantizado y una subvención no reembolsable, se aplicarán los límites establecidos en el artículo 8.a) del cuadro de especificaciones de la orden de convocatoria.

l) El beneficiario deberá cumplir con la normativa sobre información y publicidad de las ayudas del Feader.

Cuarto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el conselleiro del Medio Rural, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro derecho que consideren pertinente.

Santiago de Compostela, 4 de enero de 2023

El conselleiro de Medio Rural
P.D. (Orden de 17.11.2015; DOG núm. 223, de 23 de noviembre)
Silvestre José Balseiros Guinarte
Director general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

ANEXO I

Orden

Expediente

NIF

Nombre

Nombre del proyecto visado

Puntuación prioridad: mínimo 6 puntos

Porcentaje de ayuda

Inversión solicitada

Motivo de reducción

Inversión subvencionable

Ayuda

Puntos total

a

b

c

d

e

f

g

h

i

j

k

Básico (40 %)

a

b

c

d

Total % ayuda

1

4122022000002

F15000177

Cooperativa Agraria Provincial da Coruña, S. Coop. galega

Proyecto de ampliación de explotación familiar de vacuno de leche con destino a: establo para vacuno de leche, establo de recría de lactantes, almacén, fosa de purín cubierta, vestuario, legalización de silo

12

2

4

3

3

0

0

0

0

0

0

0

40 %

0 %

0 %

10 %

0 %

50 %

1.703.496,90 €

Moderación de costes. Partida legalización silo se trata de construcción existente, por tanto no subvencionable

1.405.399,23 €

702.699,62 €

2

4122022000001

F70337068

Ganadería do Mouro, S. Coop. galega

Proyecto de ampliación explotación ganado vacuno leche: instalación de inoculador bioactivadores, establo de vacas preparto, silos

9

0

4

1

0

2

0

0

2

0

0

0

40 %

0 %

0 %

0 %

0 %

40 %

315.000,00 €

-

315.000,00 €

126.000,00 €

3

4122022000006

F27499466

Ladeiravi, S. Coop. galega

Proyecto de ampliación de nave para gallinas ponedoras ecológicas y estercolero

8

0

4

1

0

2

0

0

0

1

0

0

40 %

10 %

0 %

10 %

0 %

60 %

941.408,06 €

La partida solicitada de estercolero está iniciada, por tanto no es subvencionable

911.783,80 €

547.070,28 €

4

4122022000008

F36100782

O Rodo, S. Coop. galega

Proyecto de ampliación de nave industrial para almacenaje de maquinaria de cooperativa agrícola

6

3

0

2

0

0

0

0

0

1

0

0

40 %

0 %

0 %

10 %

0 %

50 %

579.681,80 €

579.681,80 €

289.840,90 €

Puntuación prioridad:

a. Número de explotaciones agrícolas asociadas

1. > 750: 4 puntos

2. De 151 a 750: 3 puntos

3. De 31 a 150: 2 puntos

4. De 6 a 30: 1 puntos

5. De 0 a 5: 0 puntos

b. Inversiones en la explotación agrícola titularidad de la entidad asociativa: 4 puntos

c. Atendiendo al importe neto de la cifra de negocio (INCN):

i. 0 € ≤ INCN ≤ 2.000.000 €: 1 puntos

ii. 2.000.000 € < INCN ≤ 10.000.000 €: 2 puntos

iii. 10.000.000 € < INCN < 25.000.000 € 3 puntos

d. Inversión localizada en una zona de montaña, tal y como se definen en la medida 13 del PDR 2014_2020: 3 puntos

e. Órgano de gobierno con un porcentaje de mujeres igual o superior al 50 %: 2 puntos

f. Inversiones complementarias a los procesos productivos en las explotaciones: 2 puntos

g. Inversiones de ahorro energético (>50 % de la inversión subvencionable): 2 puntos

h. Inversiones en tecnologías nuevas y eficaces para reducir las emisiones de CO2 y NH3: 2 puntos

i. Inversión localizada en una zona distinta a la de montaña con limitaciones naturales significativas o

limitaciones específicas, tal y como se definen en la medida 13 del PDR 2014_2020: 1 punto

j. Inversiones en proyectos innovadores: 1 punto

k. Inversiones en proyectos de cooperación: 1 punto

Incremento de porcentaje de ayuda básica:

a. 10 % en el caso de inversiones relacionadas con operaciones en agricultura ecológica;

b. 15 % en inversiones colectivas, cuando el beneficiario proceda de fusión de cooperativas finalizada en los últimos 5 años;

c. 10 % para inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, recogidas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 1305/2013;

d. 10 % en el caso de operaciones subvencionadas en el marco de las asociaciones europeas de innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.

ANEXO II

Orden

Expediente

NIF

Nombre

Nombre del proyecto

Puntuación prioridad: mínimo 6 puntos

Motivo de denegación

Puntos total

a

b

c

d

e

f

g

h

i

j

k

1

4122022000003

F70591490

Granxamor integración, S. Coop. galega

Proyecto básico de construcción almacén maquinaria agrícola

4

0

0

1

0

2

0

0

0

1

0

0

Denegación: incumplimiento del artículo 7.a): no alcanza la puntuación mínima de 6 puntos según los criterios de valoración

2

4122022000004

F15020290

Xallas de Santa Comba, S. Coop. galega

No aportan proyecto

7

4

0

3

0

0

0

0

0

0

0

0

Denegación: incumplimiento del artículo 5: no se subvencionarán maquinaria o inversiones relacionadas con la transformación o comercialización. La cooperativa aporta una solicitud para una nave almacén para albergar productos adquiridos para socios de la cooperativa, considerándose esta actividad relacionada con la comercialización de productos.

3

4122022000005

F27317593

Aira, S. Coop. galega

No aportan proyecto

8

4

0

3

0

0

0

0

0

1

0

0

Denegación: incumplimiento del artículo 5: no se subvencionarán maquinaria o inversiones relacionadas con la transformación o comercialización. La cooperativa aporta una solicitud para un taller de reparación de maquinaria particular y la de propiedad de la cooperativa, considerándose la actividad de reparación de maquinaria particular una actividad relacionada con la comercialización.

4

4122022000007

F27270248

Trobo Agrícola, S. Coop. galega

Proyecto constructivo de explotaciones de vacuno de carne, avícola de carne, avícola de huevos y porcino

6

0

4

1

0

0

0

0

0

1

0

0

Denegación: incumplimiento del artículo 4: se trata de una empresa en crisis.

5

4122022000009

F32013302

S. Coop. explotación comunitaria de Antelana, S. Coop. galega

No aportan proyecto

6

0

4

1

0

0

0

0

0

1

0

0

Desistimiento: no atendió al requerimiento (no presenta proyecto técnico)

Puntuación prioridad:

a. Número de explotaciones agrícolas asociadas

1. > 750: 4 puntos

2. De 151 a 750: 3 puntos

3. De 31 a 150: 2 puntos

4. De 6 a 30: 1 puntos

5. De 0 a 5: 0 puntos

b. Inversiones en la explotación agrícola titularidad de la entidad asociativa: 4 puntos

c. Atendiendo al importe neto de la cifra de negocio (INCN):

i. 0 € ≤ INCN ≤ 2.000.000 €: 1 puntos

ii. 2.000.000 € < INCN ≤ 10.000.000 €: 2 puntos

iii. 10.000.000 € < INCN < 25.000.000 € 3 puntos

d. Inversión localizada en una zona de montaña, tal y como se definen en la medida 13 del PDR 2014_2020: 3 puntos

e. Órgano de gobierno con un porcentaje de mujeres igual o superior al 50 %: 2 puntos

f. Inversiones complementarias a los procesos productivos en las explotaciones: 2 puntos

g. Inversiones de ahorro energético (>50 % de la inversión subvencionable): 2 puntos

h. Inversiones en tecnologías nuevas y eficaces para reducir las emisiones de CO2 y NH3: 2 puntos

i. Inversión localizada en una zona distinta a la de montaña con limitaciones naturales significativas o

limitaciones específicas, tal y como se definen en la medida 13 del PDR 2014_2020: 1 punto

j. Inversiones en proyectos innovadores: 1 punto

k. Inversiones en proyectos de cooperación: 1 punto