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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Jueves, 2 de febrero de 2023 Pág. 11009

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 12 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la renovación de electrodomésticos, en régimen de concurrencia no competitiva, así como la selección de las entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria para la anualidad 2023 (códigos de procedimiento IN414B e IN414C).

Advertidos errores materiales en la citada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 11, de 17 de enero de 2023, es necesario hacer las siguientes correcciones:

En el anexo IV, en la página 6466, donde dice:

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

 Persona física mayor de edad

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 25 %-60 % de descuento en el domicilio en el que se actúa)

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE SEVERO (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 40 %-70 % de descuento en el domicilio en el que se actúa)

Debe decir:

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

 Persona física mayor de edad

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 65 % o un 40 % de descuento(1) en el domicilio en el que se actúa)

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE SEVERO (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 80 % de descuento(2) en el domicilio en el que se actúa)

(1) El Real decreto ley 18/2022 establece, en el artículo 11, que el descuento para consumidores vulnerables será del 65 % hasta el 31.12.2023. Además, en el artículo 10 define un consumidor vulnerable temporal hasta el 31.12.2023, al que se aplicará un descuento del 40 %.

(2) El Real decreto ley 18/2022 establece, en el artículo 11, que el descuento para consumidores vulnerables severos será del 80 % hasta el 31.12.2023.

En el anexo VI, en la página 6471, donde dice:

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

 Persona física mayor de edad

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 25 %-60 % de descuento en el domicilio en el que se actúa)

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE SEVERO (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 40 %-70 % de descuento en el domicilio en el que se actúa)

Debe decir:

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

 Persona física mayor de edad

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 65 % o un 40 % de descuento(1) en el domicilio en el que se actúa)

 Persona física mayor de edad consumidor VULNERABLE SEVERO (el solicitante es titular de un suministro eléctrico beneficiario del bono social con un 80 % de descuento(2) en el domicilio en el que se actúa)

(1) El Real decreto ley 18/2022 establece, en el artículo 11, que el descuento para consumidores vulnerables será del 65 % hasta el 31.12.2023. Además, en el artículo 10 define un consumidor vulnerable temporal hasta el 31.12.2023, al que se aplicará un descuento del 40 %.

(2) El Real decreto ley 18/2022 establece, en el artículo 11, que el descuento para consumidores vulnerables severos será del 80 % hasta el 31.12.2023.