Mediante la Resolución rectoral de 15 de marzo de 2022 (DOG de 28 de marzo) se convocaron pruebas selectivas para cubrir 37 plazas de la categoría profesional de técnico/a de servicios generales, grupo III, por el turno de promoción interna.
Mediante la Resolución rectoral de 23 de septiembre de 2022 (DOG de 6 de octubre) se aprobó la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en las mencionadas pruebas selectivas y se fijo un plazo para enmendar los defectos que motivaron la exclusión u omisión.
Finalizado dicho plazo, y conforme a lo establecido en la base 4.4 de la convocatoria,
resuelvo:
Primero. Declarar aprobada y hacer pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las citadas pruebas.
Segundo. Indicar que la citada lista definitiva está expuesta en el tablón electrónico de la USC y en la web:
https://www.usc.gal/gl/institucional/goberno/area/xestionpersoal/PAS/oep/listado
Tercero. Convocar a las personas aspirantes admitidas y que no están exentas de este ejercicio para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición (pruebas de lengua gallega), el día 23 de marzo, a las 10.00 horas en el Seminario de Psicología Evolutiva, módulo A, 1er piso, de la Facultad de Psicología, situada en el Campus Vida.
La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los demás ejercicios la efectuará el tribunal en los locales donde se realizó la prueba anterior, en el tablón electrónico de la Universidad y en la página web:
https://www.usc.gal/gl/institucional/goberno/area/xestionpersoal/PAS/oep/listado
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, do 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que la dictó. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo del artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 1 de febrero de 2023
Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela