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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 2 de junio de 2023 Pág. 34182

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 10 de mayo de 2023 por el que se notifica la imposición de una multa coercitiva derivada del expediente COR/179/2016-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el día 20 de febrero de 2023, una resolución por la que se impone una tercera multa coercitiva (COR/179/2016-C1) a las personas titulares del documento nacional de identidad número 32678118V y 32697500X como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 13 de noviembre de 2017 recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística número COR/179/2016-RP1.

Al no poder realizarse la notificación personal de esta resolución, mediante este anuncio, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se les notifica a las personas interesadas dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas podrán comparecer, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, para el conocimiento íntegro de dicha resolución y constancia del tal conocimiento. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la comparecencia, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que se produjese la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándole que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes a la imposición de esta multa coercitiva, siendo motivo de no admisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron o pudieron esgrimirse frente a la resolución de la que este acuerdo es un mero acto de ejecución.

En el caso de que no ejerzan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a las personas interesadas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2023

Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística