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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 5 de junio de 2023 Pág. 34244

III. Otras disposiciones

Augas de Galicia

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2023 por la que se modifica la Resolución de 23 de agosto de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los ayuntamientos, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de auditorías municipales de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento AU301D).

El 7 de septiembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 23 de agosto de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los ayuntamientos, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de auditorías municipales de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento AU301D).

En el artículo 22 de la Resolución de 23 de agosto de 2022 se establece que el plazo para presentar la documentación justificativa será el siguiente:

1. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizará el 30 de junio de 2023, sin perjuicio de que se pueda presentar dicha documentación con anterioridad para su tramitación.

Con posterioridad al otorgamiento de las subvenciones se recibieron en Augas de Galicia comunicaciones de ayuntamientos beneficiarios solicitando la ampliación del plazo de justificación.

Debe tenerse en cuenta, asimismo, el elevado número de solicitudes presentadas en el procedimiento, así como la tramitación de una ampliación de crédito de las subvenciones con el objetivo de conceder las ayudas a todas las solicitudes que cumplieron con los criterios de la citada resolución, lo que tuvo como consecuencia que no se pudieran dictar las resoluciones en el plazo establecido en la convocatoria de ayudas. La complejidad de los trabajos y la extensión de la red de saneamiento que los ayuntamientos tienen que auditar aconsejan ampliar el plazo de justificación de la subvención.

El artículo 45.3 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otra parte, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el que se indica que la ampliación podrá acordarse, de oficio o a instancia de parte, antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejaran.

Las bases reguladoras no contienen precepto en contra de la ampliación del plazo de justificación.

La ampliación del plazo no causa perjuicio a terceros.

Por todo lo anterior, sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa anteriormente citada y teniendo en cuenta todo lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único. Modificación de la Resolución de 23 de agosto de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los ayuntamientos, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de auditorías municipales de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento AU301D)

Se modifica el punto 1 del artículo 22 de la Resolución de 23 de agosto de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los ayuntamientos, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de auditorías municipales de las redes de saneamiento para la detección de infiltraciones, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento AU301D), que queda redactado como sigue:

«1. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizará el 2 de octubre de 2023, sin perjuicio de que se pueda presentar dicha documentación con anterioridad para su tramitación».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2023

Ethel María Vázquez Mourelle
Presidenta de Augas de Galicia