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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Viernes, 7 de julio de 2023 Pág. 42139

III. Otras disposiciones

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento SI429A).

BDNS (identif.): 706327.

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes de reactivación y/o mejora en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que cumplan todas las condiciones y requisitos comunes y los específicos de la correspondiente línea o tipo de ayuda previstos en las bases reguladoras.

Debe tratarse de empresas con la categoría de micro o pequeñas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten: empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales, las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades profesionales.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto apoyar y fomentar el emprendimiento femenino en Galicia y la creación de empleo, por cuenta propia y por cuenta ajena, para mujeres.

El programa Emega comprende las siguientes líneas y ayuda complementaria: a) Línea Emprende: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales; b) Línea Activa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, consolidación y mejora de empresas para paliar una situación económica adversa y alcanzar el necesario equilibrio empresarial para asegurar su pervivencia y consolidación en el actual contexto económico; c) Línea ITEF: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica; d) ayuda complementaria Concilia: con el objeto de promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 27 de junio de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento SI429A).

Cuarto. Importe

La cuantía de las ayudas se establece en función de la línea solicitada y del número de puestos de trabajo generados o mantenidos para mujeres, por cuenta propia y por cuenta ajena, de acuerdo con lo siguiente:

a) Línea Emprende: incentivos desde 10.000 euros hasta 22.000 euros.

b) Línea Activa: incentivos desde 8.000 euros hasta 17.000 euros.

c) Línea ITEF: incentivos desde 18.000 euros hasta 42.000 euros.

d) Ayuda complementaria concilia:

• Concilia-promotoras: incentivo de 3.000 euros.

• Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: incentivos desde 1.000 euros a 5.000 euros.

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de cuatro millones ochocientos doce mil doscientos sesenta y cuatro euros (4.812.264 euros). Estas ayudas están cofinanciadas en un 60 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027.

Estas ayudas están sometidas al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Santiago de Compostela, 27 de junio de 2023

Sandra Vázquez Domínguez
Secretaria general de la Igualdad