DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 10 de agosto de 2023 Pág. 48053

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2023 de incremento del crédito previsto en la Resolución por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de bonos de innovación para pequeñas y medianas empresas cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento IN848F).

Con fecha 9 de febrero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 18 de enero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de bonos de innovación para pequeñas y medianas empresas cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se procede a su convocatoria para el año 2023.

La financiación de la convocatoria se concede con cargo a la aplicación presupuestaria 05.A2.561A.770.0, inicialmente por un importe de 750.000 €, en una única anualidad de 2023.

El artículo 3.3 de las bases reguladoras establece que «Podrán ampliarse los créditos dedicados a esta convocatoria previa declaración de disponibilidad de crédito como consecuencia de las circunstancias establecidas en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda».

Debido a que el crédito previsto en la citada orden no resulta suficiente para atender todas las solicitudes cuyo objeto es susceptible de subvención, y dada la circunstancia de que existen remanentes de otras convocatorias en la misma aplicación presupuestaria con cargo a la cual se financia la convocatoria y se cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras, existe crédito disponible que hace posible considerar el incremento de dicho crédito con el objeto de hacer lo más extenso posible el impulso de las acciones de mejora de la capacidad de innovación de las pequeñas y medianas empresas de Galicia.

Estas ayudas se financian con fondos propios de la Comunidad Autónoma. Las ayudas concedidas en el marco de esta resolución se ajustarán al establecido en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por lo que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE núm. 187, de 26 de junio).

Consecuentemente con todo el anterior, la directora de la Agencia Gallega de Innovación, en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación,

DISPONGO:

Artículo único. Incremento de crédito

En base al artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se acuerda ampliar el crédito dedicado a la financiación de las ayudas previstas en la Resolución por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de bonos de innovación para pequeñas y medianas empresas cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se procede a su convocatoria para el año 2023.

El importe total del citado incremento es de ciento veinte mil euros (120.000,00 €), consignados en la aplicación presupuestaria 05.A2.561A.770.0, código de proyecto 2016 00013. De este modo, el crédito destinado a estas ayudas quedaría por un importe máximo total de ochocientos setenta mil euros (870.000,00 €), en una única anualidad 2023.

La publicación de esta resolución no supone apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de agosto de 2023

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación