DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Lunes, 11 de septiembre de 2023 Pág. 52250

III. Otras disposiciones

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 24 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) a fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad y se procede a su convocatoria para la anualidad 2023. Programa II: ayudas para la creación de puestos de trabajo estables, adaptación de puestos y asistencia técnica para los CEE (códigos de procedimiento TR341E y TR341N).

BDNS (Identif.): 715850.

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Los centros especiales de empleo que, en la fecha de la solicitud de la subvención, figuren inscritos como tales en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 200/2005, de 7 de julio, por el que se regula la autorización administrativa y la inscripción en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de Galicia, y su organización y funcionamiento, siempre que se cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en el capítulo III de esta orden.

Igualmente, los centros de trabajo para los cuales se solicite subvención deberán contar con la autorización administrativa prevista en el artículo 7 de dicho Decreto 200/2005.

En el caso de las ayudas de asistencia técnica señaladas en el artículo 40.1.a, b, c) para ser beneficiarios, los CEE deberán estar calificados como centros de iniciativa social o sin ánimo de lucro en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de Galicia, de conformidad con el artículo 10 del Decreto 200/2005, de 7 de julio.

Segundo. Objeto

El objeto de este programa es incentivar la creación de puestos de trabajo estables y financiar las adaptaciones de los puestos de trabajo que precisen los CEE en su proceso de creación o de mejora y diversificación productiva.

Tercero. Tipos de ayuda

1. En este programa se recogen dos líneas de ayudas:

1.1. Ayuda para la creación de puestos de trabajo estables en función de la inversión en activo fijo (procedimiento TR341E).

Se financia la creación de nuevos puestos de trabajo indefinidos para personas con discapacidad inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo o la transformación en indefinidos de los contratos temporales.

Se establece una cuantía base de 10.000 euros por cada puesto de trabajo creado con carácter indefinido y a jornada completa. El importe de esta cuantía será proporcional a la jornada laboral. El importe anterior podrá incrementarse en el porcentaje de un 25 % por cada una de las siguientes circunstancias (acumulables entre sí): ser mujer, tener una discapacidad con especiales dificultades de inserción o estar en situación de riesgo o exclusión social, ser mayor de 45 años, ser persona emigrante retornada, ser persona trans o tener el centro de trabajo en un ayuntamiento rural.

La cuantía máxima que podrá percibir un CEE por puesto de trabajo creado es de 25.000 euros. Cada uno de los centros de trabajo CEE podrá solicitar ayuda por un máximo de siete (7) puestos de trabajo.

1.2. Ayuda para la adaptación de puestos de trabajo (procedimiento TR341N).

Se financia la adaptación de puestos de trabajo para las personas con discapacidad y la eliminación de barreras arquitectónicas en los CEE.

La cuantía máxima será de 2.000 euros por cada puesto adaptado.

2. El gasto realizado por los CEE de iniciativa social (excluidos el IVA o, en su caso, los impuestos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación) es subvencionable hasta el 100 %. El gasto realizado por los demás CEE será subvencionable hasta el 80 %.

Cuarto. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 24 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a centros especiales de empleo (CEE) con el fin de promover la integración laboral de las personas con discapacidad en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se procede a su convocatoria para la anualidad 2023 (códigos de procedimiento TR341K, TR341E, TR341N y TR341M).

Quinto. Financiación

Para la concesión de estas ayudas se destinan trescientos treinta y cinco mil euros (335.000 euros).

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado como se indica en el artículo 8.5 de la orden.

Séptimo. Período subvencionable y justificación de las ayudas

El período subvencionable comprende desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2023:

La fecha máxima de justificación será el 31 de diciembre de 2023.

Santiago de Compostela, 24 de agosto de 2023

Elena Rivo López
Conselleira de Promoción del Empleo e Igualdad