Una vez examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Novobasket con domicilio en la calle Doctor Cadaval, número 32, en Vigo (Pontevedra).
Hechos:
1. El 16 de junio de 2023, José Carlos Gesteiro Salgueiro, en representación del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.
2. La Fundación Novobasket la constituyó el Club Deportivo Novobasket, representado por su presidente Carlos Vázquez Ferro, mediante escritura pública otorgada el 25 de mayo de 2023, ante el notario de Vigo (Pontevedra) Manuel Arturo Vidal Rodríguez, con número de protocolo 855.
Tras requerimiento de 17 de julio de 2023, el 30 de agosto se aporta una nueva escritura otorgada el 24 de agosto de 2023, en la misma localidad y ante el mismo notario de la anterior, con el número 1.418 de su protocolo, en la que corrigen la primera escritura según lo indicado en el citado requerimiento.
3. La Fundación, según el artículo 6 de sus estatutos, tiene como fin principal «apoyar la labor deportiva, educativa y de divulgación del deporte del baloncesto y sus valores, promocionar y difundir este deporte como medio para lograr una formación completa de la persona y desarrollar proyectos relacionados con el mundo del baloncesto que mejoren los conocimientos de los agentes implicados, de la sociedad civil y de las instituciones, crear proyectos de carácter social y solidario ligados a la actividad física uniendo valores éticos y morales con los sociales y deportivos, a través de acciones como las desarrolladas contra las drogas, el racismo y a favor de la inclusión social».
4. El patronato inicial de la Fundación está formado por Carlos Vázquez Ferro, como presidente; Gonzalo Vázquez Palazón, como vicepresidente; y María Jacinta Palazón Vidal, como secretaria.
5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes propuesta de clasificación como de interés deportivo de la Fundación Novobasket, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.
6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.
7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de Secretarios Generales, procede su clasificación como de interés deportivo y su adscripción a la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
Consideraciones legales:
1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.
2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.
3. Según el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, le corresponde a esta Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.
De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 2 de octubre de 2023.
DISPONGO:
Clasificar de interés deportivo la Fundación Novobasket, adscribiéndola al protectorado de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; pudiéndose interponer en el plazo de un mes, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2023
Diego Calvo Pouso
Vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia,
Justicia y Deportes