DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 8 de noviembre de 2023 Pág. 61498

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Industria e Innovación

ORDEN de 2 de noviembre de 2023, de modificación de la Orden de 16 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones del programa de comercio circular y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento CO300D).

Mediante la Orden de 16 de agosto de 2023 (DOG núm. 171, de 8 de septiembre) se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones del programa de comercio circular y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento CO300D).

El artículo 19.1 de las bases reguladoras dispone que el pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en los lugares señalados en el artículo 8 de la convocatoria y hasta el 15 de noviembre de 2023, de una copia de la documentación indicada en el propio artículo 19.1.

Teniendo en cuenta el largo proceso de evaluación y con el fin de optimizar los procesos de gestión y dado que no se causa perjuicio a terceros, procede ampliar el período subvencionable y el plazo de presentación de la documentación justificativa por parte de las personas beneficiarias.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Consellería de Economía, Industria e Innovación en materia de comercio interior, y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del anexo I de la Orden de 16 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones del programa de comercio circular y se procede a su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento CO300D)

Se modifica el párrafo primero del artículo 19.1 del anexo I de la referida orden, que queda redactado en los siguientes términos:

«El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en los lugares señalados en el artículo 8 de la convocatoria y hasta el 27 de noviembre de 2023, de una copia de la siguiente documentación:»

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2023

Mª Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía, Industria e Innovación