DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Martes, 2 de enero de 2024 Pág. 144

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

ANUNCIO de 14 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por el que se somete a participación pública el documento base del Plan de conservación del espacio natural de interés local Brañas de Sada, perteneciente al ayuntamiento de Sada.

Las Brañas de Sada fueron declaradas de forma provisional Espacio Natural de Interés Local mediante la Orden de 27 de enero de 2020 (DOG núm. 28, de 11 de febrero). Esta orden condicionó su declaración definitiva a la presentación, por parte del Ayuntamiento, de un plan de conservación. El Ayuntamiento formalizó su remisión el día 21 de enero de 2022.

En el momento de iniciar los trámites para la declaración de este espacio estaba en vigor la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de conservación de la naturaleza. Esta ley fue derogada por la Ley 5/2019, de 2 de agosto, de patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia. Esta ley recoge en su disposición transitoria séptima, punto 2, que los procedimientos administrativos en tramitación a su entrada en vigor seguirán tramitándose por la normativa vigente al iniciar su tramitación. Por tal motivo, este plan se tramita al amparo de la Ley 9/2001, de 21 de agosto.

El día 7.12.2022 la vicepresidenta segunda y conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda firmó el acuerdo de inicio para la elaboración y tramitación del proyecto de decreto por el que se aprueba el plan de conservación de este espacio natural.

La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente establece, en su título III, el derecho a que el público pueda expresar observaciones y opiniones cuando están abiertas todas las posibilidades, antes de que se adopten decisiones sobre un plan, programa o disposición de carácter general en relación a asuntos de carácter medioambiental.

Por otro lado, el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se realizará una consulta pública a través del portal web de la Administración competente en la que se recogerá la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa;

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación;

c) Los objetivos de la norma;

d) Las posibles soluciones alternativas reglamentarias y no reglamentarias.

En relación a los problemas que pretende solucionar, el plan de conservación, tras un análisis del espacio natural, determina las presiones y amenazas que está sufriendo. El plan busca la reducción de estas presiones y amenazas a través del desarrollo de actividades humanas compatibles con el mantenimiento en un estado de conservación favorable de los elementos considerados como claves para su declaración como espacio protegido.

Visto lo anterior, y conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

ACUERDO:

Primero. Abrir un período de participación al público del documento base del Plan de conservación del espacio natural de interés local Brañas de Sada, durante el plazo de un (1) mes, contado dicho período desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Durante el citado plazo se podrá consultar el documento base del plan en el siguiente enlace del portal de transparencia de la Xunta de Galicia:

https://transparencia.xunta.gal/tema/informacion-de-relevancia-xuridica/consulta-publica-previa/consultas-abertas

así como en la página web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda:

https://cmatv.xunta.gal/seccion-tema/c/CMAOT_Conservacion?content=Direccion_Xeral_Conservacion_Natureza/Participacion_publica/seccion.html&std=Participacion_publica.html

Tercero. Las personas interesadas pueden enviar sus alegaciones:

1. A través del formulario dispuesto para este fin en el enlace del portal de transparencia de la Xunta de Galicia indicado en el punto segundo de este anuncio.

2. Mediante correo electrónico a la siguiente dirección: planificacion.conservacion@xunta.gal, poniendo en el asunto «Documento base del Plan de conservación ENIL Brañas de Sada».

3. Mediante la presentación de escrito dirigido a la Dirección General de Patrimonio Natural de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2023

Belén María do Campo Piñeiro
Directora general de Patrimonio Natural