DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 15 de enero de 2024 Pág. 3408

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 27 de diciembre de 2023 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (programa Re-acciona), susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG402A).

BDNS (Identif.): 738632.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluyendo los autónomos, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo actividad empresarial y puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos, o se encuentren en situación que motiva la concesión de la subvención.

En cualquier caso, deberán tener radicado algún centro de trabajo en Galicia y cumplir la definición de pyme. Para esta definición se utilizará la establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

Para solicitar las ayudas para la prestación de los servicios, teniendo en cuenta sus características, las pymes deben cumplir las siguientes condiciones:

a) Para todos los servicios definidos en el artículo 1, excepto el servicio de apoyo para empresas emergentes innovadoras, por las características de este tipo de empresas, las solicitantes deberán contar con una plantilla media de trabajadores, en el año anterior a la solicitud de la ayuda, no inferior a tres, de acuerdo con el informe de la plantilla media de trabajadores en situación de alta emitido por la Seguridad Social. Adicionalmente al número indicado en dicho informe, podrán contabilizarse, en su caso, el propietario, administrador o familiares que trabajen en la empresa y legalmente incluidos en el régimen de autónomos.

b) Para el servicio de desarrollo estratégico integral de la empresa, las pymes deben haber realizado previamente un análisis de la empresa que aporte la información necesaria para el arranque del servicio.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto aprobar las condiciones por las cuales se regirá la concesión de ayudas destinadas a facilitar la ejecución de un conjunto de servicios profesionales por parte de entidades colaboradoras previamente seleccionadas mediante la Resolución de 12 de diciembre de 2023 (DOG nº 241, de 21 de diciembre).

Los servicios para los que se podrá conceder ayuda en especie, consistentes en la ejecución de servicios para su realización en empresas gallegas, están integrados en las siguientes categorías, descritas de forma minuciosa en el anexo III de dicha Resolución de 12 de diciembre de 2023 (DOG nº 241, de 21 de diciembre):

Profesionalización y desarrollo estratégico:

– Servicios de análisis del potencial competitivo y primeras acciones de mejora.

– Servicios de desarrollo estratégico integral de la empresa.

– Servicios de análisis del cumplimiento normativo y los riesgos legales (Compliance).

– Servicios de captación, fidelización y gestión de talento.

– Servicios para el desarrollo de una estrategia de integración ESG.

– Servicios de mejora de la gestión financiera y búsqueda de financiación.

– Servicios de circularización y optimización de los procesos de producción y cadena logística.

– Servicios de asesoramiento para el relanzamiento comercial.

– Servicios de preparación de procesos certificables.

– Servicio de apoyo para empresas emergentes innovadoras.

Innovación:

– Servicios de diseño y lanzamiento de productos y servicios innovadores.

– Servicios de protección de la innovación.

– Servicios de asesoramiento para la financiación de la innovación.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 27 de diciembre de 2023 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (programa Re-acciona), susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG402A).

Cuarto. Importe

El crédito disponible para concesiones en esta convocatoria se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1.741.A.7700 y con los siguientes importes y distribución plurianual: 1.400.000 € con cargo al año 2024 y 1.400.000 € con cargo al año 2025.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 8.00 horas del día 1 de abril de 2024 y finalizará a las 14.00 horas del 15 de noviembre de 2024, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento de crédito.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2023

Patricia Villajos Grande
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica