DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 12 de febrero de 2024 Pág. 12392

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

ORDEN de 5 de febrero de 2024 por la que se modifica el plazo de justificación de las ayudas previsto en la Orden de 30 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en concurrencia competitiva, para el fomento de plantaciones de castaño para fruto y para la regeneración y/o mejora de sotos tradicionales de castaños, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR670D).

La Orden de 30 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en concurrencia competitiva, para el fomento de plantaciones de castaño para fruto y para la regeneración y/o mejora de sotos tradicionales de castaños, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR670D) (DOG núm. 24, de 3 de febrero), establece en el artículo 21.1 que el el plazo para ejecutar y justificar las ayudas concedidas finaliza el 30 de junio de 2024.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18.8 de la Orden de 30 de diciembre de 2022, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución al interesado será de cinco meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

Debido a la alta carga de trabajo por el gran número de subvenciones que se tramitaron en la Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal durante el año 2023, no fue posible aprobar las ayudas de esta orden hasta el día 22 de noviembre de 2023, lo que se notificó a las personas interesadas mediante publicación en el DOG el día 18 de diciembre de 2023. En consecuencia, el plazo de justificación establecido en la orden de ayudas se reduce considerablemente, pasando a ser un plazo demasiado corto para la realización y justificación de las inversiones subvencionadas.

Por todo lo expuesto, es necesario una modificación de la Orden de 30 de diciembre de 2022 para ampliar el plazo establecido para la justificación de las ayudas.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el uso de las competencias atribuidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 30 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en concurrencia competitiva, para el fomento de plantaciones de castaño para fruto y para la regeneración y/o mejora de sotos tradicionales de castaños, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se convocan para el año 2023 (código de procedimiento MR670D)

Se modifica el número 1 del artículo 21 de la referida orden, que queda redactado como sigue:

«1. El plazo para ejecutar y justificar las ayudas concedidas en esta orden finaliza el 30 de noviembre de 2024».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de febrero de 2024

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural