DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 19 de febrero de 2024 Pág. 14052

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

EXTRACTO de la Orden de 27 de diciembre de 2023, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y de la Consellería de Economía, Industria e Innovación, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa predoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema gallego de I+D+i, cofinanciadas parcialmente en el ámbito de las universidades del Sistema universitario de Galicia por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2024 (códigos de procedimiento ED481A e IN606A).

BDNS (Identif.): 744075.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdns/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), los organismos públicos de investigación de Galicia, las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur) y los centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), que contraten a las personas seleccionadas a través de un contrato predoctoral de duración determinada y con dedicación a tiempo completo, en virtud del cual la persona seleccionada quedará vinculada a la institución donde desarrolle su actividad, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que deriven de él y que, en todo caso, se adecuarán al contenido de la solicitud de la ayuda.

Podrán acceder a estas ayudas los organismos y entidades señalados en el párrafo anterior que presenten como candidatas a ser destinatarias de ellas personas que cumplan, en la fecha de cierre de la convocatoria, los requisitos que se indican en el artículo 2 de la convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del SUG, a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur) y a los centros del CSIC radicados en Galicia que contraten personas tituladas superiores para su formación como doctoras y doctores en sus centros.

Este programa busca la formación de personas investigadoras para la obtención del título de doctora o doctor y la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación dentro de un programa de doctorado. También tiene por objeto financiar un período de orientación posdoctoral, por un máximo de doce meses una vez obtenido el título de doctor/a dentro del período de los cuatro años de duración máxima de esta ayuda.

Además, con el objeto de que puedan obtener la mención de doctora o doctor internacional, de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 99/2011, de 28 de enero, se financian estancias de tres meses de duración en el extranjero.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 11.893.200,00 euros, para los años 2024, 2025, 2026, 2027 y 2028, cofinanciado parcialmente por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa FSE+ Galicia 201-2027.

Se convocan 102 ayudas (90 para las universidades del SUG y 12 para el resto de entidades beneficiarias), de un máximo de cuatro años de duración. El importe de cada ayuda incluye los siguientes conceptos:

1. Un total de 24.000 euros brutos anuales durante los tres primeros años y de 29.000 euros durante el cuarto año en concepto de salario y costes sociales. Durante el período de contratación de capacitación para la formación posdoctoral (orientación posdoctoral) el importe máximo es de 30.000 euros.

2. Estancias de tres meses de duración en el extranjero, de hasta 6.000 € en función de la zona.

3. Un complemento anual por ayuda de 1.000 €, destinado a las entidades beneficiarias para cubrir los gastos asociados a la contratación, para el seguro durante el período de estancia y para cubrir el coste de la matrícula en el programa de doctorado.

4. Se establece un complemento de 800 € en el primer año de contrato y de 400 € en el segundo año de contrato, que recibirán las entidades beneficiarias para cubrir los gastos de las personas candidatas por cursar el correspondiente programa de doctorado (complemento 2). Estas cantidades serán entregadas por las entidades beneficiarias, en la correspondiente anualidad, a las personas candidatas contratadas y no tendrán en ningún caso la consideración de salario.

5. En aplicación del artículo 22.1, letra g), de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, al finalizar el contrato por expiración del tiempo convenido, la persona trabajadora tendrá derecho a percibir una indemnización de cuantía equivalente a la prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores. Para cubrir el coste de la indemnización al final del contrato se incluirá una ayuda total de 3.400,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2023

El conselleiro de Cultura, Educación,
Formación Profesional y Universidades

P.D. (Orden de 29.7.2022)

Manuel Vila López

Secretario general técnico de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía,
Industria e Innovación
y presidenta de la Agencia
Gallega de Innovación