DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 51 Martes, 12 de marzo de 2024 Pág. 18507

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Viana do Bolo

ANUNCIO de la oferta de empleo público para el año 2023.

Por Resolución de la Alcaldía de este ayuntamiento, de 21 de diciembre de 2023, se aprobó la oferta de empleo público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se apuntan para el año 2023

Personal funcionario:

Escala de Administración general:

Grupo

Subgrupo

Núm. vacantes

Subescala

Denominación

A

A1

1

Técnica

Técnico/a de Administración general

C

C1

1

Administrativa

Administrativo/a

Escala de Administración especial:

Grupo

Subgrupo

Núm. vacantes

Subescala

Denominación

A

A1

1

Técnica

Arquitecto/a

Personal laboral:

Categoría laboral

Núm. vacantes

Denominación

Grupo IV

1

Oficial conductor/a

Grupo IV

2

Oficial de servicios varios

Grupo IV

1

Encargado de obras

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se opta por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produjo su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pueda estimar más conveniente a su derecho.

Viana do Bolo, 22 de diciembre de 2023

Andrés Montesinos Rodríguez
Alcalde