DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 18 de marzo de 2024 Pág. 19514

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2024, de la Gerencia del Área Sanitaria de Santiago de Compostela y Barbanza, por la que se resuelve la convocatoria pública para la provisión del puesto de jefe/a del Servicio de Oftalmología del Área Sanitaria de Santiago de Compostela y Barbanza, convocada mediante la Resolución de 1 de marzo de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 53, de 17 de marzo).

Convocada mediante la Resolución de 1 de marzo de 2022 (DOG núm. 53, de 17 de marzo), la provisión del puesto de jefe/a del Servicio de Oftalmología del Área Sanitaria de Santiago de Compostela y Barbanza, esta Gerencia, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 137/2019, de 10 de octubre (DOG núm. 208, de 31 de octubre), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud, la Orden de 22 de abril de 2020 (DOG núm. 82, de 29 de abril) sobre delegación de competencias en órganos centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, y el Decreto 134/2019, de 10 de octubre (DOG núm. 204, de 25 de octubre), por el que se regulan las áreas sanitarias y los distritos sanitarios del Sistema público de salud de Galicia,

DISPONE:

Primero. Resolver la convocatoria pública para la provisión del puesto de jefe/a del Servicio de Oftalmología del Área Sanitaria de Santiago de Compostela y Barbanza, convocada mediante Resolución de 1 de marzo de 2022 de dicha gerencia (DOG núm. 53, de 17 de marzo).

Segundo. Nombrar, para el puesto que se indica, a la persona citada en el anexo I de esta resolución.

Tercero. De conformidad con la base décima de la convocatoria, el/la candidato/a nombrado/a será evaluado/a, antes de que transcurran cuatro años desde su nombramiento, a efectos de prorrogar el desempeño de la jefatura, por idéntico período, o proceder a su remoción.

Cuarto. El/la aspirante nombrado/a deberá cesar en la plaza que desempeñe dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La toma de posesión del puesto de trabajo adjudicado deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si la plaza desempeñada y el puesto adjudicado son de la misma área sanitaria, o en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta área sanitaria.

A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción o destino provisional o comisión de servicios.

Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición motivada del/de la interesado/a, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por el órgano convocante.

El plazo de toma de posesión y su prórroga tendrán la consideración de servicio activo y los correspondientes haberes se percibirán de conformidad con lo que establezca la orden sobre confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica.

Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, y será declarado/a en esa situación por el órgano competente, quien no se incorpore al puesto adjudicado en el plazo establecido.

Quinto. Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso de alzada, ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, en los términos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2024

Eloína Núñez Masid
Gerente del Área Sanitaria de Santiago de Compostela y Barbanza

ANEXO

Puesto: jefe/a del Servicio de Oftalmología.

Nombre y apellidos: María José Blanco Teijeiro.

DNI (*): ***7814**.

(*) DNI: se oculta parcialmente el número de documento nacional de identidad para preservar los datos de carácter personal, de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.