BDNS (Identif.): 760189.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
Empresarios (personas físicas o jurídicas) y las personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro que hayan promovido las intervenciones arqueológicas comprendidas en el ámbito de la presente orden, desarrolladas en bienes inmuebles de titularidad privada, siempre que no se encuentren en ninguno de los supuestos de los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que las actuaciones arqueológicas estén autorizadas y hayan sido realizadas desde el año 2017 en adelante y estén finalizadas en la fecha de publicación de la presente orden.
b) Que las actuaciones se desarrollaran conforme a los proyectos arqueológicos presentados y se cumplieran las obligaciones de responsabilidad de la dirección, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 199/1997, que regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Que se acredite la presentación y la entrega de los correspondientes informes valorativos o de las memorias técnicas y del acta de depósito de los materiales de acuerdo con el citado Decreto 199/1997.
Segundo. Finalidad
La concesión de ayudas, por el procedimiento abreviado de concurrencia no competitiva, a los promotores particulares de cualquier tipo de obras que afecten a un monumento, conjunto histórico, zona arqueológica o yacimientos catalogados o inventariados, en los casos en que la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud o la figura de planeamiento vigente determine la necesidad de realizar intervenciones arqueológicas, en concepto de colaboración en la financiación del coste de la ejecución del proyecto arqueológico realizado de acuerdo con los requisitos establecidos en los artículos 96 y 97 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 29 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de intervenciones arqueológicas y se procede a su convocatoria para el año 2024.
Cuarto. Importe
Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito total de 50.000,00 euros con la siguiente distribución por aplicaciones presupuestarias:
10.05.433A.770.0: 25.000,00 €.
10.05.433A.781.2: 25.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 29 de abril de 2024
José López Campos
Conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud