BDNS (Identif:): 764434.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las ayudas por paralización temporal de la actividad percebera de los bancos marisqueros incluidos en el Plan de gestión de percebe desde embarcación de la Cofradía de Bueu, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases reguladoras, las personas que tengan la condición de personas armadoras y personas tripulantes de una embarcación afectada por la paralización temporal de la actividad percebera.
Segundo. Finalidad
Esta orden tiene por finalidad compensar los efectos de la medida de conservación de la veda temporal de extracción del percebe desde embarcación en los bancos marisqueros incluidos en el Plan de gestión de percebe desde embarcación de la Cofradía de Bueu.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 22 de mayo de 2024 por la que se regulan las bases y la convocatoria para el año 2024 de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva a las personas armadoras y no competitiva a las personas tripulantes, por paralización temporal de la actividad percebera de las embarcaciones afectadas por la veda temporal de los bancos marisqueros incluidos en el Plan de gestión de percebe desde embarcación de la Cofradía de Bueu, cofinanciadas al 70 % por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (códigos de procedimiento PE406C y PE406D).
Cuarto. Importe
Para el año 2024 las ayudas se concederán con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria, que figura dotada en el presupuesto de gastos de la Consellería del Mar para el año 2024, y el importe total máximo de las subvenciones que se concederán en dicho ejercicio presupuestario es el siguiente:
– Aplicación presupuestaria: 46.02.723A.770.0.
– Código de proyecto 2024.00143, para paralización temporal de la actividad pesquera.
– Importe total: 100.000,00 €, según las siguientes cuantías por línea de ayuda:
PE406C, ayudas por la paralización temporal de la actividad percebera de las embarcaciones afectadas-personas armadoras: 50.000 €.
PE406D, ayudas por la paralización temporal de la actividad percebera de las embarcaciones afectadas-personas tripulantes: 50.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.
Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2024
Marta Barreiro Castro
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar