Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación, tal y como se recogen en el proyecto firmado el día 23.4.2024 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2.233 del Coeticor, quien acredita su habilitación y competencia mediante declaración responsable firmada en la fecha señalada.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Dirección: avenida San Luis, núm. 77, 28033 Madrid.
Denominación: retranqueo LMTA en el polígono de Rubiá-polígono 10, parcela 2618.
Situación: polígono de Rubiá, ayuntamiento de Rubiá.
Presupuesto: 28.060,83 €.
Características técnicas:
• Desvío de la LMTA BDV705 Rubiá-Cobas mediante la instalación de nuevos apoyos núms. D23-54, D23-55, D23-55X, D23-56 y D23-56X, de celosía metálica, respectivamente, del tipo C-14/2000, C-14/2000, C-14/1000, C-18/1000 y C-14/2000. Instalación de 315 m de nuevo conductor LA-56.
• Desmontaje del tramo de la LMTA BDV705 Rubiá-Cobas entre los apoyos proyectados núm. D23-54 y núm. D23-56X. Retirada de los apoyos existentes, del tipo HV, núms. D23-54, D23-55 y D23-56, así como de 297 m de línea.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta dirección territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 15 de julio de 2024
Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense
