DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Jueves, 26 de septiembre de 2024 Pág. 52567

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2024, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Ribadeo (expediente IN407A 2023/269-2).

Visto el expediente para el otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Ionity Gmbh Sucursal en España.

Domicilio social: c/ Suero de Quiñones, 34-36, 28002 Madrid.

Denominación: instalación de un centro de seccionamiento del que alimentar un nuevo CT particular para la estación de recarga de vehículo eléctrico en el polígono industrial de Ribadeo, calle de A Grandela, parcela D2, 27710 Ribadeo (Lugo).

Situación: ayuntamiento de Ribadeo.

Características técnicas principales:

• Centro de seccionamiento calle de A Grandela en edificio prefabricado en el que se instalan dos celdas de línea, una de servicios auxiliares y una de interruptor automático. La línea que alimenta el CS es objeto de otro expediente (197/2023-AT).

Finalidad de la instalación: nuevo suministro.

Presupuesto: 40.695,81 euros.

Documentación que se acompaña:

• Licencia de obra concedida por el Ayuntamiento de Ribadeo.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, el Decreto 49/2023, de 19 de mayo, por el que se modifica el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Ecnomía, Industria e Innovación, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,

RESUELVE:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizar la dirección de obra un técnico competente.

Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento se deberán cumplir las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.

Lugo, 14 de febrero de 2024

Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo