Expediente: IN407A 2024/200-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Denominación del proyecto: LMTS, CS calle Cantaleta, 2.
Ayuntamiento: Santiago de Compostela.
Hechos:
1. El día 10 de junio de 2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Al objeto de atender una petición de suministro eléctrico de 1.648 kW de potencia para un centro de prontoterapia en la calle Cantaleta, nº 2 (CHUS), en el ayuntamiento de Santiago de Compostela, se proyecta la instalación de un centro de seccionamiento que se conectará con el centro de transformación de particular y con la nueva línea soterrada a instalar, que conectará con la línea de distribución LMT SNT807, procedente de la subestación de Santiago.
Conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, entregan el proyecto de ejecución denominado LMTS, CS calle Cantaleta, 2, firmado el día 3.6.2024 por Susana Casais Pérez, ingeniera técnica industrial eléctrica, número de colegiada 2.033 de A Coruña.
2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Santiago de Compostela.
No consta en el expediente, a día de hoy, una contestación del organismo a la solicitud de condicionado.
4. El día 3 de septiembre de 2024 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).
Tercera. Características técnicas:
Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en la calle Cantaleta, nº 2 (CHUS), ayuntamiento de Santiago de Compostela, y sus características técnicas son las siguientes:
• LMTS a 20 kV, de 2×10 m (E/S), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) mm2 Al, con origen y remate en los empalmes a realizar en el PAR existente en el tramo comprendido entre los CT Lidl (15CQP0) y el CT párking Choupana (15CGVN) de la LMT SNT807, procedente de la subestación de Santiago, haciendo E/S en el CS proyectado. La línea discurrirá por nueva canalización en zanja de 0,40×0,80 metros, alojada en el interior de dos tubos de polipropileno de alta densidad, de diámetro de 160 mm.
• CS compacto prefabricado en configuración 4L (3 telecontroladas con E/S de línea y salida a CT particular, y trafo SS.AA.).
Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
De acuerdo con todo lo expuesto,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud, que se acompañará de la siguiente documentación:
• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.
• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.
• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 5 de septiembre de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
