El texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, aprobado por Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en su artículo 30 atribuye a las comunidades autónomas las facultades de designación y separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de interés del Estado situadas en su territorio, que deberán realizarse necesariamente a propuesta de las administraciones públicas y organismos y entidades que aquellos representen.
El Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 16 de septiembre de 2010, faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de puertos para el ejercicio de dichas competencias.
Por lo expuesto, en ejercicio de la facultad atribuida,
DISPONGO:
El nombramiento de José Luis Alonso Mosquera como vocal representante de la Comunidad Autónoma de Galicia en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo.
Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2024
Alfonso Villares Bermúdez
Conselleiro del Mar
