De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica a los denunciados cuyos datos personales se mencionan en el anexo, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, los acuerdos de inicio de los procedimientos administrativos sancionadores por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, disponen de un plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de los presentes acuerdos, para formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los medios de los que pretendan valerse y citando el número de expediente.
Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen convenientes.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, estos acuerdos, por aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerados propuestas de resolución.
De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverán los procedimientos con la imposición de la sanción que proceda.
Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.
Por otra parte, disponen de un plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la publicación de los presentes acuerdos, para identificar, en el caso de que no hubiesen sido ustedes a los/las conductores/as del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio a efectos de notificaciones. Ustedes responderán personalmente cuando no sea posible dicha notificación por alguna causa que les sea imputable e igualmente cuando se oculte información o la facilitada sea falsa o deliberadamente incorrecta.
Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2024
Juan Sanmartín Ferreiro
Director general de Puertos de Galicia
ANEXO
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Expediente Matrícula Denunciante |
DNI denunciado |
Hecho denunciado Fecha-hora-puerto |
Precepto infringido |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
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Sanc. 12-48-24-524 7177-GPP Guardamuelles |
34952725Q |
Estacionamiento prohibido 21.6.2024 16.29 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-574 1680-DBS Guardamuelles |
21464523A |
Estacionamiento prohibido 1.7.2024 15.32 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-582 8410-LLX Guardamuelles |
76968852L |
Estacionamiento prohibido 8.7.2024 10.43 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 12-48-24-597 1353-FKG Guardamuelles |
X2759503D |
Estacionamiento prohibido 9.7.2024 10.31 horas Ribeira (A Coruña) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 13-26-24-09 0587-CYW Pafif |
36024394T |
Estacionamiento prohibido 23.6.2024 14.45 horas Canido (Pontevedra) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 13-35-24-64 0423-FKT Policía autonómica |
76828116C |
Estacionamiento prohibido 19.7.2024 16.00 horas As Corvaceiras (Pontevedra) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
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Sanc. 13-38-24-57 1530-KJJ Guardia civil |
40455241N |
Estacionamiento prohibido 20.7.2024 19.40 horas Santo Adrián de Cobres (Pontevedra) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
|
Sanc. 13-38-24-60 6861-MRC Guardia civil |
44076823Z |
Estacionamiento prohibido 20.7.2024 19.42 horas Santo Adrián de Cobres (Pontevedra) |
Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG) |
Artículo 137 de la LPG |
90 € |
