Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación, tal y como se recogen en el proyecto firmado por el ingeniero industrial Xosé López Seoane, colegiado núm. C-2745 del ICOIIG, y visado por el citado colegio profesional el día 7.8.2024, con el número 20242400.
Solicitante: Eléctrica de Castro Caldelas, S.L.; CIF: B15639727.
Dirección: calle Galera, 1-1º, 15003 A Coruña.
Denominación: LMTS, LBTS y CT A Chaira.
Situación: lugar de A Chaira, ayuntamiento de A Teixeira.
Presupuesto: 133.655,39 €.
Características técnicas:
• LMTS a 20 kV de 341,65 m de longitud en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1x240 mm²) Al, con origen en el paso A/S proyectado en el apoyo núm. 1-2 de la LMT subderivación a Abeleda 3CC0010 y final en el CT A Chaira proyectado.
• CT A Chaira, centro de transformación en envolvente prefabricada, de maniobra interior, con las siguientes celdas: celda de línea y celda de protección de trafo (1L+1P), con transformador de 250 kVAs y r/t 20.000/400 V.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), este departamento territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 5 de noviembre de 2024
La directora territorial de Ourense
P.S. (Decreto 140/2024, artículo 40.3)
José Luis Prada Suárez
Jefe del Servicio de Industria
