Mediante Resolución de esta dirección general de 26 de diciembre de 2022 (DOG núm. 4, de 5 de enero de 2023) se realizó la convocatoria excepcional en el proceso selectivo de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, para el ingreso en diversas categorías de personal estatutario diplomado sanitario y personal sanitario de formación profesional.
La base octava de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 26 de diciembre de 2022 dispone que, contra los resultados de la baremación provisional, los/las aspirantes que lo consideren oportuno podrán presentar reclamación ante el propio tribunal, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A la vista de las reclamaciones presentadas o apreciado de oficio por el órgano de selección algún error material en la baremación provisional asignada a los/las aspirantes, el tribunal practicará las oportunas correcciones y aprobará las puntuaciones definitivas de la fase de concurso y la relación de aspirantes seleccionados/as, por el orden de puntuación alcanzada en los diferentes turnos de acceso, y elevará esta relación a la autoridad convocante para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, esta dirección general, como órgano convocante del proceso,
RESUELVE:
Primero. Publicar en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) los acuerdos de los tribunales relativos a las puntuaciones definitivas de los procesos selectivos convocados por la Resolución de 26 de diciembre de 2022, mediante el sistema de concurso de méritos, para el ingreso en las categorías de:
• Enfermero/a especialista en enfermería del trabajo.
• Enfermero/a especialista en obstetricia-ginecología (matrón/a).
• Enfermero/a especialista en salud mental.
• Fisioterapeuta.
• Logopeda.
• Técnico/a en farmacia.
• Técnico/a superior en anatomía patológica y citología.
• Técnico/a superior en dietética.
• Técnico/a superior en higiene bucodental.
• Técnico/a superior en imagen para el diagnóstico.
• Técnico/a superior en laboratorio de diagnóstico clínico.
• Técnico/a superior en radioterapia.
• Terapeuta ocupacional.
Cada aspirante podrá consultar, además, el detalle de la puntuación obtenida en los distintos epígrafes del baremo, en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos
Con la finalidad de dotar de transparencia el proceso, al existir aspirantes empatados, se publicará en la página web el Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) la información que permitirá verificar la correcta aplicación del criterio de desempate establecido en la base 8.1.6 de la resolución de la convocatoria del proceso.
Segundo. Publicar, como anexo I de esta resolución, la relación de los/las aspirantes seleccionados/as en este proceso, según el orden de puntuación alcanzada en los diferentes turnos de acceso, de conformidad con el número de plazas convocadas.
Tercero. Los/las aspirantes seleccionados/as que se relacionan en el anexo de esta resolución dispondrán del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, para presentar la siguiente documentación:
a) Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la categoría.
c) Por exigencia del artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio , de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual o, en su defecto, autorización escrita al Servicio Gallego de Salud para consultar los datos contenidos en el citado registro y solicitar en su nombre la oportuna certificación.
Esta autorización deberá presentarse en el modelo que al efecto consta en la página web del Servicio Gallego de Salud, en el apartado relativo a empleo público www.sergas.es/empleo público
d) Declaración jurada o promesa de no tener la condición de personal estatutario fijo de la misma especialidad a la que opta.
e) Los/las aspirantes seleccionados/as que hayan accedido por el turno de personas con discapacidad deberán presentar en este plazo, además de la documentación anterior, original o certificación compulsada acreditativa del mantenimiento de los requisitos para acceder por el correspondiente turno, de no tener carácter definitivo la resolución por la que se le reconoció la discapacidad, y que fue presentada dentro del plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con la base 9.2 de la Resolución de 26 de diciembre de 2022, los/las que, dentro del plazo fijado, no presentaran la documentación o del examen de ella se dedujera que carecen de alguno de los requisitos para participar en el proceso selectivo, no podrán ser nombrados/as personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrieran por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto. Solo a efectos de elección de destino, de conformidad con el artículo 9 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, los/las aspirantes que superaran el concurso por el turno reservado a personas con discapacidad podrán solicitar a la autoridad convocante, en el plazo que se indica en el punto tercero de esta resolución, la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados.
Quinto. La documentación requerida en esta resolución deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, edificio administrativo San Lázaro, s/n, 15703 Santiago de Compostela.
Sexto. Con el objetivo de dotar de agilidad el proceso, en previsión de que algunas de las personas aspirantes seleccionadas no puedan ser nombradas en cumplimiento de la base 9.2 indicada, una vez finalizado el plazo de presentación de documentación previsto en la base anterior, se publicará en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es)/OPE 2022-Ley de estabilización-concurso de méritos, una diligencia en que se convoque a los/las siguientes aspirantes en el orden de prelación de cada categoría, en el caso de ser preciso, para la presentación de la documentación que se relaciona en el punto tercero de esta resolución.
Dicha convocatoria, en el caso de ser necesaria, cumplirá los requisitos formales y de eficacia que se recogen en el título III de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Séptimo. Esta resolución podrá ser impugnada en los términos previstos en la base XI de la Resolución de la convocatoria del proceso, de 26 de diciembre de 2022.
Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2024
María del Mar Pousa Cobas
Directora general de Recursos Humanos
