BDNS (Identif.): 804410.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
Se podrán acoger a estas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas del tipo de ganado bovino, ovino, caprino, porcino de la raza celta, equino que figuren incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) de Galicia.
Segundo. Objeto
Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las personas titulares de explotaciones ganaderas afectadas por los ataques de lobo, con la finalidad de fomentar la aplicación de medidas de protección, para lo cual se incentiva la adquisición de elementos preventivos (vallas fijas) de los daños que puedan ocasionar esta especie, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (procedimiento MT809F).
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 3 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los costes derivados de la instalación de vallas fijas como medida de prevención de los daños que pueda ocasionar el lobo, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MT809F).
Cuarto. Cuantía
Las ayudas concedidas al amparo de esta orden serán financiadas por la Consellería del Medio Ambiente y Cambio Climático con un importe total de cuatrocientos mil euros (400.000 €).
Se subvencionará la adquisición e instalación de vallas fijas:
a) Vallas fijas electrificadas.
El importe máximo de la ayuda será de 3,5 € por metro lineal hasta un máximo de 1.750 € por vallado, IVA excluido.
b) Vallas fijas con malla ganadera o cinegética metálica.
El importe máximo de la ayuda será de 4,5 € por metro lineal hasta un máximo de 4.500 € por vallado, IVA excluido.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2024
Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático
