DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Viernes, 3 de enero de 2025 Pág. 313

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 10 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2025 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos de regeneración que permitan mejorar la productividad de los bancos marisqueros con problemas de pérdida de producción y que contribuyan a una mejora de la gestión y conservación sostenibles de los recursos marinos, tramitada como anticipada de gasto (código de procedimiento PE209H).

BDNS (Identif.): 805042.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cofradías de pescadores, las organizaciones de productores, las cooperativas del mar, las asociaciones de profesionales del sector y las demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector, siempre que sean entidades titulares de planes marisqueros en régimen de cogestión y tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2025 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos de regeneración que permitan mejorar la productividad de los bancos marisqueros con problemas de pérdida de producción y que contribuyan a la mejora de la gestión y conservación sostenibles de los recursos marinos (código de procedimiento PE209H).

Estas ayudas se acogen al régimen de minimis de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) nº 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 10 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2025 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos de regeneración que permitan mejorar la productividad de los bancos marisqueros con problemas de pérdida de producción y que contribuyan a una mejora de la gestión y conservación sostenibles de los recursos marinos, tramitada como anticipada de gasto (código de procedimiento PE209H).

Cuarto. Cuantía

Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 16.03.723A.770.1 código de proyecto 2024 142, en la cual existe crédito adecuado y suficiente en el proyecto de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025 aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el 17 de octubre de 2024.

El importe máximo de las subvenciones que se concedan en 2025 será de trescientos mil euros (300.000) en una única anualidad, la del 2025.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes. En caso de que el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

De no agotarse el crédito disponible, o de resultar incrementado este posteriormente en virtud de renuncias, de modificación de resoluciones de otorgamiento o de dotaciones presupuestarias adicionales, se podrá emitir una nueva propuesta de resolución, en la cual se tendrán en cuenta las solicitudes que formen parte de la lista de reserva a la que se refiere el artículo 21.2 de esta orden.

Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 2024

Marta Barreiro Castro
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar