DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Miércoles, 8 de enero de 2025 Pág. 693

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

EXTRACTO de la Orden de 16 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación, la protección y la mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares, y se convocan ayudas para el año 2025 (código del procedimiento MT804C).

BDNS (Identif.): 806309.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio):

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las persoas físicas o jurídicas, distintas de las entidades locales, o entidades sin personalidad jurídica, propietarias de elementos incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares en la fecha de publicación de esta orden.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actuaciones encaminadas a la conservación, protección y mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares regulado por el Decreto 67/2007, de 22 de marzo, así como proceder a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento MT804B).

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 16 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación, la protección y la mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares, y se convocan ayudas para el año 2025 (procedimiento MT804C).

Cuarto. Cuantía

El importe asignado es de sesenta mil euros (60.000,00 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que se pueda realizar con remanentes adicionales de acuerdo con las disponibilidades de crédito. En todo caso, las concesiones se limitarán a las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden.

Sexto. Otros datos

Las ayudas a que se refiere esta orden comprenden los gastos subvencionables recogidos en el artículo 2 que hayan sido realizados desde la certificación de no inicio hasta el 15 de octubre de 2025.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2024

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático